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Francisco Pomares, en una imagen reciente. Salvador Salas
El juez también archiva el 'caso Villas del Arenal' para Pomares y Cardador

El juez también archiva el 'caso Villas del Arenal' para Pomares y Cardador

El cierre de la investigación se produce al no demostrarse la supuesta existencia de injerencias políticas en los expedientes urbanísticos de este conjunto residencial

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Viernes, 20 de diciembre 2019, 12:14

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El 'caso Villas del Arenal', en el que se investigaban supuestas 'injerencias políticas en la tramitación de expedientes de infracciones urbanísticas en esta zona residencial de Málaga capital, se queda finalmente en nada. Tras el archivo el pasado junio del procedimiento contra la concejala Teresa Porras, el Juzgado de Instrucción número 8 también ha decidido archivar la causa que seguía abierta contra el entonces edil de Ordenación del Territorio y actualmente concejal sin cartera (precisamente por esta investigación en virtud del acuerdo de gobierno suscrito por PP y Ciudadanos), Francisco Pomares, y el gerente de Urbanismo, José Cardador.

El auto ha sido dictado por el juez apenas unos días después de que la Fiscalía Anticorrupción le solicitara el sobreseimiento provisional al no apreciar la comisión de los delitos de prevaricación omisiva, falsedad y tráfico de influencias de ambos investigados. En su pronunciamiento, el juez argumenta que «ninguno de los testigos dijo haber recibido por parte de Francisco Pomares o José Cardador presión, directriz ni insinuación alguna tendente a paralizar, dilatar o imprimir lentitud de alguno de los procedimientos en trámite».

En este sentido, el magistrado considera que el retraso en la tramitación de los expedientes de infracción hay que situarlo «en el marco del colapso general del Departamento de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Málaga», donde según los informes aportados por la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) se acumulaban entonces más de 17.000 procedimientos sancionadores o de restablecimiento de la legalidad en la ciudad. Respecto al delito de prevaricación omisiva que se les imputaba, el instructor afirma que del análisis de toda la documentación aportada a la causa «no puede desprenderse, a título indiciario, que los investigados hayan tenido una intervención directa o indirecta tendente a obstaculizar las actividades propias del servicio».

El argumento es similar para los otros dos delitos que se investigaban. En cuanto al de tráfico de influencias, el auto indica que «no existe constancia alguna, aun indiciaria, de la existencia de presión, orden o simple recomendación basada en la jerarquía administrativa de los investigados» para ralentizar los expedientes. Igualmente, sobre la acusación de falsedad documental que pesaba sobre ambos a raíz de que exjefes del servicio de Inspección apuntaran que se habían percatado de que el foliado de los expedientes en Villas del Arenal había sido alterado y de que en uno de ellos la vivienda aparecía a nombre de una persona que no se correspondía con su propietario verdadero, el juez hace suyos los informes de la Policía Judicial y de la sección Jurídico-Administrativa de Infracciones de la propia GMU para determinar que «se trata de un simple error informático».

Una vez notificada a las partes (los concejales socialistas Daniel Pérez, Begoña Medina y Rosa del Mar Rodríguez, y el extinto grupo Málaga Ahora se personaron como acusación particular), se abre un plazo de cinco días para presentar un recurso de apelación antes de que el archivo de la causa se convierta en firme.

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