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Acceso al centro de enseñanza.

Barrera arquitectónica

COSAS DE LA CIUDAD ·

Jueves, 11 de enero 2018, 08:04

E scribe Mariví Casquero que «definimos la accesibilidad como la característica que permite que los entornos, los productos, y los servicios sean utilizados sin problemas por todas y cada una de las personas, para conseguir de forma plena los objetivos para los que están diseñados, independientemente de sus capacidades, sus dimensiones, su género, su edad o su cultura. Pues todo ello, al día de hoy sigue sin cumplirse en muchos centros escolares». Y pone como ejemplo el Centro de Educación Permanente Bahía Capuchinos situado en la Alameda de Capuchinos nº 29, que dice «sigue como ven por la fotografía adjunta que no está condicionado para que una persona con problemas de accesibilidad pueda acceder a él. En concreto, una amiga que se desplaza en silla de ruedas tenía en su pensamiento empezar este año un curso de informática en este centro pero visto lo visto es imposible su asistencia. Así supongo que les habrá ocurrido a muchas personas incapacitadas del entorno. Por todo ello me dirigí al Excmo Ayuntamiento de Málaga para que me diera cualquier explicación a ello: y me contestaron que hay en proyecto el poner un elevador externo, pero que es tarea y competencia de la Gerencia de Urbanismo, así que me dirija a ellos o a Educación. Como siempre, unos se echa la pelota a otros, y nadie tiene obligación de nada, eso sí derecho a todo».

«Es inverosímil que en el año que estamos y con órdenes y leyes aprobadas, éstas no se cumplan. Así lo fija una Orden de 24 de enero de 2003 de la entonces Consejería de Educación y Ciencia, que estableció las normas de diseño y constructivas para los edificios de uso docente en Andalucía. Desde entonces, tanto en los centros docentes de nueva construcción como en las ampliaciones, se tiene en cuenta la integración de los edificios en su entorno urbano y su adecuación a las condiciones bioclimáticas del lugar. Asimismo se garantiza la accesibilidad a personas con discapacidad».

Añade que «posterior a ésta, se estableció que a partir del 4 de diciembre de 2017 todos los edificios (públicos y privados) deben ser accesibles. Así lo establece el Real Decreto 1/2013, en el que se recoge la obligatoriedad de eliminar las barreras arquitectónicas de las edificaciones antes de esta fecha».

Y concluye: «Desde esta página pongo en conocimiento el problema existente, por si alguna competencia o ente público, al leer estas líneas se moviliza y pone solución al problema. Y decir que no todos tenemos medios económicos para elegir centros, pero sí que todos contribuimos con nuestros impuestos».

Esta imagen no se repetirá.

Blas de Lezo: actitudes incívicas

El carácter incívico de algunos ciudadanos queda patente en esta imagen que nos envía un lector residente en la calle Blas de Lezo. Se queja nuestro comunicante de «lo poco que a veces miramos por la limpieza de nuestras calles y plaza. Algún desaprensivo tiró basura fuera del contenedor, entre ella algunos cartones que sirvieron como envoltorio de juguetes y otros utensilios, con el doble agravante de que a cincuenta metros escasos hay contenedores de reciclaje; es decir, de cartón, de envases y de vidrio. No tenemos arreglo», sentencia este amable lector al que no le falta razón, porque en demasiadas ocasiones se responsabiliza al servicio de limpieza de situaciones de forma injusta, pues no son los causantes del estado en que se encuentran las calles. Ese dicho que afirma ‘no es más limpio quien más limpia sino quien menos ensucia’ es una verdad como un templo.

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