El Ayuntamiento de Málaga recurrirá una sentencia que le condena por no controlar el ruido en Mitjana
Un juzgado le obliga a indemnizar con 13.440 euros anuales a cinco propietarios hasta que se resuelva el problema
El problema del ruido suma un nuevo capítulo en la ciudad tras la publicación de una sentencia que condena al Ayuntamiento de Málaga por no ... controlar el ruido en la plaza Mitjana. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de la ciudad le ha condenado al pago de 13.440 euros anuales a cinco denunciantes hasta que «cumpla y haga cumplir la normativa legal vigente sobre control de ruidos», algo que el Consistorio ya ha anunciado que va a recurrir.
El equipo de gobierno municipal se basa en cinco puntos para argumentar su rechazo a la sentencia, que «respeta pero no comparte». Entre ellas, considera que no ha tenido en cuenta ninguna de las acciones municipales llevadas a cabo para controlar el ruido mediante inspecciones y sanciones (algunas de las cuales condujeron al cierre de establecimientos), además de los efectos de la declaración de la Zona Acústicamente Saturada (ZAS).
Además, recuerda que el Defensor del Pueblo archivó en 2018 un expediente de queja abierto a instancias de los mismos recurrentes que aludía a ruido en esta misma zona y que el Ministerio Fiscal, al igual que el propio Ayuntamiento, defendió en el juicio que no se ha producido vulneración alguna de derechos fundamentales.
Del mismo modo, argumenta que la situación en las calles Luis de Velázquez y Marqués del Vado Maestre (Plaza Mitjana) «ha cambiado respecto al momento en que los recurrentes acudieron a los tribunales, en primer lugar por la acción municipal, y también gracias a que la iniciativa privada va a abrir al público locales cuyo impacto acústico será mucho menor y cambiará el modelo de ocio en la zona».
Y, a pesar de ello, ha anunciado que en los próximos días van a proceder a levantar acta de la situación actual de la zona y a realizar nuevas mediciones, además del presentar el referido recurso.
La denuncia en cuestión fue interpuesta por cinco propietarios del entorno de la plaza Mitjana, que reclamaban una indemnización por daños morales y atentado a los derechos fundamentales. Y aunque el juez ha estimado parcialmente la demanda, no acepta la indemnización que se planteaba (13.440 euros anuales a cada uno de los afectados desde la primera constatación de ruidos, en agosto de 2012) al entender que «no existe prueba de un menoscabo de los derechos a la vida ni a la integridad física o moral».
Pese a ello, reconoce que el ruido que sufren los vecinos «era ensordecedor hasta aturdir e impedir atender cualquier otra actividad dentro de las viviendas». Respecto a esto último, entiende «el quebranto que supone no poder abrir siquiera la ventana de tu casa por el ruido y estruendo que en dicha calle y plaza se vive».
Del mismo modo, incluso muestra su «sonrojo» al comprobar que las denuncias de los vecinos se trasladan de un departamento a otro o, directamente, no se actúa. «Lo que brilla por su ausencia es una intervención de inspectores municipales o siquiera de agentes de la Policía Local para afrontar dicha nefasta situación», sentencia.
Por todo lo anterior, ordena al Ayuntamiento a que cumpla la normativa legal vigente y, sobre todo, que proceda a la inmediata clausura de los locales que no cumplieran las normas e incluso que anule las licencias otorgadas. Del mismo modo se le exige que haga cumplir los horarios de cierre y se impida «la aglomeración de personas en al calle consumiendo bebidas alcohólicas».
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