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El Gobierno central estudiará si califica a Antequera como zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil tras la tormenta de granizo que sacudió la comarca el pasado miércoles.
El delegado del Gobierno en Andalucía, Pedro Fernández, ha explicado hoy que están esperando los informes municipales con la evaluación de daños tanto en infraestructuras como bienes para determinar si podría aprobarse esta declaración, recogida en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. El alcalde de Antequera, Manuel Barón, solicitó ayer jueves al Gobierno central acogerse a los supuestos contemplados en esta legislación, en la que las administraciones afectadas pueden acceder a compensaciones por los gastos derivados de atender los efectos de estos fenómenos naturales.
El delegado del Gobierno, que ha participado en Estepona en la inauguración del enlace de Cancelada a la A-7, ha aclarado que esa declaración se produce a partir de la evaluación de las administraciones. «Cuando se tengan los informes es cuando habrá que determinar si la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil tiene encaje o no», agregó Fernández, quien ha concluido que «hasta el momento no nos consta ningún informe del Ayuntamiento de Antequera».
Fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Málaga han indicado a este periódico que desde el mismo día del temporal ya se abrió una comunicación de oficio con los ayuntamientos afectados, entre ellos los de la comarca de Antequera. «Es verdad que ha habido daños en la agricultura, y en este momento se ha recabado tanto al Ayuntamiento de Antequera como a otros posibles municipios que se hayan visto afectados todos los informes relativos a la evaluación, la descripción de cuáles son los daños específicos, así como a qué tipo de bienes o infraestructuras ha afectado, o se limita a daños en la agricultura», ha matizado Fernández.
Desde Subdelegación del Gobierno han detallado que la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil exige unos requisitos que están previstos en la propia ley y que pasan, sobre todo, porque los daños personales o materiales perturben «gravemente» las condiciones de vida de la población u obliguen a paralizar servicios públicos esenciales.
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