Este es el plazo que tienen las familias para evaluar los riesgos laborales de sus empleadas de hogar
Esta medida se integra en las recogidas en un real decreto ley aprobado por el Gobierno, que incluye tres nuevas obligaciones encaminadas a lograr la plena equiparación de derechos con el resto de trabajadores
SUR
Jueves, 21 de agosto 2025, 23:48
Un nuevo real decreto ley, aprobado por el Gobierno en septiembre del año pasado (RD 893/2024), incluía nuevas medidas para avanzar en la equiparación ... de derechos de las empleadas de hogar respecto del resto de trabajadores.
Entre esas medidas, hay una que tiene fecha para llevarla a cabo. Las familias o empleadores que contraten a una trabajadora para desarrollar labores en la casa o cuidado de niños o ancianos tienen que evaluar los riesgos laborales de sus viviendas a través de una herramienta 'on line' que se encuentra habilitada desde el pasado mes de mayo. Con ello se quiere abordar uno de los grandes problemas de este colectivo, que se siente desprotegido al trabajar en domicilios particulares, y contrarrestar la imposibilidad de que la Inspección desarrolle visitas presenciales, dada la inviolabilidad del domicilio.
Este nuevo instrumento de prevención, gratuito y de acceso libre, está disponible a través del portal Prevencion10.es. Tras responder a una serie de preguntas, las personas empleadoras obtienen un documento con la evaluación de riegos en el domicilio, las medidas preventivas que han de implantarse y los materiales informativos que deben entregarse a las personas trabajadoras. El sistema también permite registrar las fechas de establecimiento de cada medida y realizar un seguimiento de su cumplimiento. Una vez realizada la evaluación de riesgos, se tienen que implementar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir los riesgos detectados. Las personas empleadoras tienen hasta antes del 14 de noviembre para realizar el cuestionario online y seis meses de plazo para subsanar los posibles riesgos.
Como explicaba la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la presentación de esta herramienta, el portal Prevencion10.es incluye además una sección de recursos específicos dedicada al servicio del hogar familiar, con materiales explicativos sobre prevención de riesgos laborales adaptados para este colectivo. Del mismo modo, ofrece un servicio de atención telefónica gratuito para resolver dudas: 91 363 43 00, disponible de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.
Otras medidas
El real decreto prevé también la obligatoriedad de proporcionarle a la empleada medidas de protección adecuadas y el derecho de la trabajadora a recibir formación en riesgos laborales durante su jornada laboral por parte del SEPE. «No va a suponer ningún coste para las familias», señalaba la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, si bien es cierto que ese periodo de tiempo que forma parte de su jornada y que se dedicará a formación sobre riesgos -o será compensado con horas de descanso- se producirá dentro del tiempo de trabajo por el que reciben un salario. Según explicaba su ministerio en un comunicado, la norma garantizará también que las empleadas del hogar «podrán paralizar su actividad en caso de riesgo grave e inminente sin que pueda suponerles ningún perjuicio».
Asimismo, la nueva norma recoge el derecho de las empleadas de hogar a la protección frente a la violencia y acoso, incluida la violencia, el acoso sexual y el acoso por razón de origen racial o étnico, nacionalidad, sexo, identidad u orientación sexual o expresión de género.
En caso de sufrirlo, «el abandono del domicilio por la persona trabajadora no podrá considerarse dimisión ni podrá ser causa de despido», apunta el real decreto, sin perjuicio de la posibilidad de la persona trabajadora de solicitar la extinción del contrato en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores y de la solicitud de medidas cautelares en caso de formulación de demandas, de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
El nuevo decreto contempla además el derecho de estas trabajadoras a reconocimientos médicos (al menos uno cada tres años, aunque tenga varios empleadores) sin que esto suponga carga alguna para las familias, ya que el Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de estos reconocimientos médicos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
En cuando a los plazos para la puesta en marcha de estas medidas, no se espera que sea antes de enero de 2026. Por ejemplo, en el caso de los reconocimientos médicos serán de aplicación solo cuando se desarrollen las previsiones normativas relativas a su realización en el marco del Sistema Nacional de Salud.
Y sobre la protección frente a la violencia y acoso, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo debe elaborar un protocolo de actuación frente a este tipo de situaciones.
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