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Aviso de la Seguridad Social sobre los recargos si no se actualiza el salario de los empleados de hogar

Aviso de la Seguridad Social sobre los recargos si no se actualiza el salario de los empleados de hogar

El afectado puede realizar la actualización a través de cualquier dispositivo conectado a internet

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Jueves, 28 de octubre 2021, 13:47

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Las personas que tengan contratada a una persona en el Sistema Especial de Empleados de Hogar deben actualizar sus retribuciones cada vez que se produzca cualquier modificación en este apartado. Y eso es lo que ha ocurrido con la subida aprobada por el Gobierno del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Eso lleva consigo una actualización de los sueldos de estos trabajadores.

Es decir, con motivo de la entrada en vigor de la subida del SMI para 2021 (con efectos a partir del 1 de septiembre), este salario no puede ser inferior a 1125,83 euros/mes para personas con contrato de trabajo a tiempo completo. Si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias.

Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias (como alojamiento o manutención, por ejemplo) que constituyan el salario del empleado de hogar.

Desde el pasado 1 de octubre, los ciudadanos en general y los autorizados RED ya pueden comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la nueva retribución de los empleados de hogar con efectos retroactivos da 1 de septiembre de 2021. Para notificar esta actualización, el empleador puede hacerlo a través del nuevo sistema Import@ss en cualquier dispositivo móvil conectado a internet.

Esta administración ha advertido hoy en su web de que solo restan unos días para actualizar la retribución de estos trabajadores que se han visto afectados por el aumento del SMI. Aunque no hay una fecha límite para comunicar los salarios, sí existe una para hacerlo sin recargos: el 31 de octubre, que es el último día del mes siguiente al que tiene efectos la variación.

En el caso de no acometer esta actualización de la información básica antes de la fecha indicada, la administración alerta de que cuando se formalice se sumará un recargo correspondiente a la cantidad no asumida en tiempo y forma.

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