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Aviso de la Seguridad Social a los empleados de hogar que trabajan menos de 60 horas al mes

Aviso de la Seguridad Social a los empleados de hogar que trabajan menos de 60 horas al mes

Esta administración recuerda que pueden tramitar ellos mismos sus altas y bajas de cotización, pero que la responsabilidad última es del empleador

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Lunes, 12 de julio 2021, 21:31

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El colectivo de empleados de hogar está integrado en el Régimen General de la Seguridad Social tras su regulación en el Real Decreto-ley 29/2012. Desde ese momento, los empleados de hogar que prestan servicio en un hogar familiar menos de 60 horas mensuales podrán tramitar ellos mismos su alta y baja de cotización, así como cualquier variación de datos siempre que exista un acuerdo con el empleador, tal y como recuerda la Tesorería General de la Seguridad Social en su perfil oficial de Twitter.

En caso de acuerdo, sería el empleado el encargado de ingresar en la Seguridad Social su cotización, después de que el empleador le haya pagado ese dinero y el trabajador le haya firmado un recibí, comprometiéndose a que ingresará ese dinero para la cotización. Es decir, sigue siendo obligación del empleador pagar la Seguridad Social del empleado de hogar, pero queda exento de la obligación formal de los trámites del alta e ingreso mensual, que lo puede hacer directamente el trabajador.

Por el contrario, en aquellos casos en los que el empleado de hogar trabaja más de 60 horas mensuales para el mismo empleador, sigue vigente la normativa que obliga a que sea el este último el que realice todos los trámites.

En cualquier caso, sea cual sea el número de horas que trabaje un empleado de hogar, tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social y es el empleador el responsable de que el trabajador esté dado de alta y pagar las cotizaciones que correspondan a las horas que trabaje. Aunque solo trabaje una hora a la semana, el trabajador debe estar dado de alta y cotizando la parte proporcional a esa hora trabajada. Y si trabaja en varias casas, cada uno de los empleadores es responsable de que cumpla sus obligaciones de cotización por el tiempo que trabaje en ese domicilio.

Para facilitar este trámite, la Seguridad Social ha llevado a cabo recientemente una campaña informativa para dar a conocer un nuevo sistema para tramitar las altas y bajas, que permite hacerlo en apenas nueve pasos y sin aportar documentación a través de su nuevo portal Importass.

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