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Pensionistas manifestándose por jubilaciones dignas. Reuters
La UE ve sexista el cálculo de la pensión de los trabajadores parciales en España

La UE ve sexista el cálculo de la pensión de los trabajadores parciales en España

El TJUE considera que el sistema es contrario al derecho europeo porque supone prestaciones más reducidas e incurre en discriminación de género porque la mayoría con este tipo de contratos son mujeres

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Miércoles, 8 de mayo 2019, 16:07

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Europa critica la forma en la que España calcula las pensiones de los trabajadores contratados a tiempo parcial. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que el sistema que usa España para decidir el importe de estas jubilaciones incluye elementos que la reducen más de la cuenta y además es sexista, ya que es especialmente desventajoso para las mujeres, que son quienes más contratos parciales firman.

Aunque deja en manos de los tribunales nacionales aclarar este último punto, el comunicado del TJUE explica que el 75% de los trabajadores a tiempo parcial en España son mujeres, por lo que este cálculo de su jubilación puede dar lugar a una «discriminación indirecta por razón de sexo», contraria al derecho europeo. De hecho, fue una mujer española la que impugnó el cálculo que había hecho la Seguridad Social de su pensión en 2016, y la recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cuando su demanda fue desestimada. Fue esta instancia la que planteó la cuestión al TJUE.

La corte europea cree que el sistema español resta más de lo debido al importe de sus jubilaciones

Eso sí, el tribunal con sede en Luxemburgo estima que le corresponde al de Castilla y León apreciar si los datos de distribución de hombres y mujeres son «válidos, representativos y significativos». Si llega a la conclusión de que la normativa española coloca a las mujeres en una posición de desventaja, debería «valorar modificar su legislación». Así, Luxemburgo resuelve así que la normativa española para el cálculo de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial es incompatible con el artículo 4 de la directiva 79/7/CEE del Consejo de 9 de diciembre de 1978 que consagra el principio de igualdad de trato en materia de Seguridad Social.

El coeficiente de parcialidad

España calcula el importe de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial multiplicando una base reguladora (que se determina teniendo en cuenta los salarios y las cotizaciones pagadas) por un porcentaje que depende del periodo de cotización y al que se le aplica un coeficiente de parcialidad.

Y es precisamente ese coeficiente de parcialidad el que la corte europea cree que no debería aplicarse porque al calcular los días de cotización ya se está teniendo en cuenta que el trabajador parcial ha aportado menos al sistema de pensiones que uno que esté contratado a tiempo completo. «Aplicar este coeficiente va más allá de lo necesario y representa una reducción del importe de la pensión superior al que resultaría únicamente de tomar en consideración su jornada de trabajo 'pro rata temporis'», explican en el comunicado.

Asimismo, sobre los trabajadores a tiempo parcial reducido -los que trabajan menos de dos tercios de la jornada a tiempo completo- el TJUE también considera que sufren una «desventaja» como consecuencia de la aplicación de ese coeficiente de parcialidad. Estos empleados suponen el 65% del total de tiempo parcial, recuerda el tribunal europeo.

Los expertos valoran positivamente la resolución ya que «pone fin a la discriminación de los trabajadores a tiempo parcial», explican desde el despacho especializado en derecho europeo, Navas & Cusí. Aseguran además que el Gobierno se excusaba hasta ahora en que la aplicación de este coeficiente formaba parte del objetivo de política social del Ejecutivo de aplicar el principio contributivo a las cuantías de las pensiones, es decir, que fueran proporcionales al periodo de cotización. Sin embargo, Luxemburgo considera que el objetivo de contributividad ya se satisface adecuando la cuantía de las pensiones a las bases reguladoras.

«Al final, las instituciones europeas se están convirtiendo en la salvaguarda de los derechos de los españoles», asegura el socio-director del despacho, Juan Ignacio Navas. Con la sentencia del TJUE, «se pone fin gracias a la justicia europea al calvario de la mujer jubilada de Valladolid que puso la denuncia y al de todos los trabajadores a tiempo parcial», explica Navas.

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