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Un tribunal concede la pensión de viudedad a una mujer que nunca se inscribió como pareja de hecho

Los magistrados ponen de relieve el hecho de una hija en común y la incoherencia en la exigencia de requisitos para acceder a una pensión de viudedad y a otras prestaciones

Jueves, 3 de julio 2025, 13:31

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Convivieron durante dos décadas, pero nunca formalizaron su relación. Ni se casaron ni hubo inscripción como pareja de hecho, un requisito legal para acceder a ... la pensión de viudedad. Pero de esa relación nació una hija y este hecho ha sido determinante para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estime la reclamación de la viuda y pueda cobrar una prestación de 1.624 euros mensuales después de que le fuera denegada por el INSS y tuviera que acudir a la justicia.

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