Segunda oportunidad: un salvavidas para los autónomos en apuros
Los profesionales por cuenta propia con deudas pendientes pueden acogerse a un proceso legal que exige diversos requisitos
La llamada ley de la segunda oportunidad, aprobada en 2015, tiene por objetivo ayudar a personas físicas y autónomos en situaciones de insolvencia a reestructurar ... sus deudas y a tener, como su nombre indica, «una segunda oportunidad» para recuperar su situación financiera. Para poder acogerse a esta normativa es preciso ser una persona física o un autónomo y uno se debe encontrar en situación de insolvencia. También pueden acceder a ella los deudores que demuestren haber actuado de buena fe en todo momento y que han intentado llegar a acuerdos de pago con sus acreedores.
Desde el portal Aesyr Abogados indican que para poder acogerse a esta normativa tampoco se deben tener antecedentes penales por delitos económicos y que antes de solicitar el concurso de acreedores, el deudor debe haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con sus acreedores. Por ejemplo, en el caso de los autónomos, el deudor debe acreditar que ha intentado una actividad empresarial y que ha actuado de buena fe en el ejercicio de la misma.
Asimismo, en caso de solicitar el concurso de acreedores, el deudor debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley, como, por ejemplo, contar con un abogado y un administrador concursal. Acogerse a la ley de segunda oportunidad también tiene ventajas para los trabajadores autónomos. De acuerdo con el portal Montero de Cisneros, entre los beneficios destaca que el deudor puede cancelar parcial o totalmente sus deudas y comenzar de nuevo. También se deja de exigir el pago de las deudas contraídas con acreedores y se paralizan los intereses y recargos de las deudas.
En las deudas con la Agencia Tributaria y Seguridad Social pueden exonerarse hasta 10.000 euros
Igualmente, se interrumpen los embargos y las ejecuciones solicitando el levantamiento de embargos o la devolución de las cantidades embargadas y se procede a la posible cancelación de deudas con Hacienda y Seguridad Social, esto es, a la exoneración, de hasta 10.000 euros con cada una. La duración del procedimiento de la ley depende de cada caso pero, generalmente, puede durar desde unos pocos meses hasta 18 meses, que es lo máximo que fija la ley. Con ello, se agiliza el procedimiento y se abaratan los costes.
Hasta la aprobación de la ley 25/2015, de 28 de julio, solo las empresas contaban con un recurso legal para declararse en quiebra y pedir la exoneración de sus pasivos en casos de insolvencia, mientras particulares y autónomos estaban condenados a morir con ellas. Podían ser perseguidos de por vida por sus acreedores, aunque ya no tuvieran nada. Una condena, hasta entonces sin redención, que hoy cuenta con la ley de la segunda oportunidad para obtener el 'perdón' de las deudas contraídas, hasta un máximo de cinco millones de euros, siempre y cuando se haya actuado de buena fe, no haber cometido delitos socioeconómicos, y se haya intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores para aplazar el débito y fijar un calendario de pago inferior a diez años o su liquidación con bienes propios.
Sin embargo, en la mayoría de los casos, estos acuerdos extrajudiciales, que son tutelados por un juez y en los que interviene un mediador concursal, fracasan. «Sirven de poco, solo para demostrar que el afectado ha intentado negociar con los acreedores. En la práctica, tiene poca viabilidad y no está siendo muy práctico. Pero es un requisito para obtener la cancelación de la deuda. Si se llega a un acuerdo, bien, se hace una escritura ante notario. Pero, si no, se presenta una demanda de concurso ante el juzgado», explica Ana Isabel García, abogada de la compañía Repara Tu Deuda.
En septiembre de 2022 se aprobó una reforma de la ley para facilitar el acceso a esta herramienta a más profesionales por cuenta propia, flexibilizando las condiciones y aumentando la cuantía de deudas exonerables con la Administración pública. De esta forma, a día de hoy, los autónomos pueden llegar a quedar exonerados de hasta 10.000 euros con Hacienda y otros 10.000 con Seguridad Social. Tanto esta exoneración de deuda pública como las condonaciones de las obligaciones con acreedores privados tienen como requisito haberse acogido a la ley de segunda oportunidad.
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