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La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ofrece a partir de hoy un nuevo servicio en su sede electrónica, que permite a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) consultar cada mes la cuota que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil de ese mes. Esta información pueden obtenerla través de este nuevo Servicio de Consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al que puede acceder a través de la ruta Ciudadanos/Cotización o pinchando en este enlace.
Será a partir de cada día 26, cuando cualquier trabajador incluido en este régimen podrá comprobar la cuota de ese mes que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil del mismo y la cuota, en su caso, correspondiente a las eventuales liquidaciones complementarias que también se cargarán en su cuenta ese mes.
Por ejemplo, a partir del día 26 de febrero de 2021 se podrán ver a través de este servicio las cuotas de dicho mes de febrero y la liquidación complementaria correspondiente al mes de enero de 2020 por el incremento de tipos de cotización por accidente de trabajo y cese de la actividad.
Además, se podrán verificar en cualquier momento las cuotas ya emitidas por la TGSS para su cargo en la correspondiente cuenta bancaria desde julio de 2018, fecha en la cual se implantó en la entidad el procedimiento de emisión de adeudos conforme a los requisitos establecidos por la normativa SEPA, hasta el mes anterior a la consulta.
No obstante, desde la Seguridad Social advierten de que esta información sobre cuotas emitidas no certifica que dichas cuotas hayan sido efectivamente pagadas por el trabajador, «por lo que no sirve para acreditar que se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social», apostillan. Además, recalcan, que la información obtenida a través de este nuevo servicio no podrá utilizarse, «en ningún caso», como documento para el pago de cuotas, «un abono que solo puede realizarse mediante el sistema de domiciliación bancaria», subrayan.
Este nuevo servicio está actualmente disponible solo para los trabajadores incluidos en el RETA, aunque desde este organismo confían en que pueda extenderse en un futuro, «y cuando las posibilidades técnicas lo permitan», a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar, a trabajadores agrarios por cuenta ajena durante los períodos de inactividad, a las personas incluidas en el Sistema Especial para empleados de hogar y a los suscriptores de convenios especiales.
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