BOJA extraordinario: así son las nuevas medidas de la Junta para la atención sanitaria en el sistema público andaluz
Se suprime la medida de potenciar las consultas telefónicas, pero se mantienen limitaciones como acudir con un solo acompañante o aplazar las actividades sanitarias no urgentes
E. PRESS
Miércoles, 29 de septiembre 2021, 21:38
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó este miércoles una edición extraordinaria donde se recogen una serie de modificaciones y medidas para regular ... la atención en el sistema sanitario andaluz. La gran novedad es la vuelta a la presencialidad desde el 1 de octubre, como anunció el presidente Juanma Moreno.
Pero la orden introduce una serie de modificaciones respecto a la del 7 de mayo de 2021 en relación a los «planes de contingencia» que debe ir adoptando el Servicio Andaluz de Salud (SAS) «para todas las provincias».
Al respecto, la nueva orden mantiene el mandato de «continuar el desarrollo de la implantación de la telemedicina para las distintas especialidades que puedan soportar esta práctica, de cara a disminuir la alta frecuentación y facilitar la accesibilidad», así como el de «potenciar la actividad de cirugía ambulatoria con la finalidad de liberar posibles incrementos de demanda en las plantas de hospitalización».
Sin embargo, en relación a la orden del 7 de mayo se suprime la medida de «ajustar la oferta de consulta telefónica en los centros de atención primaria y hospitales, siempre a criterio facultativo y en necesaria combinación con la consulta presencial, considerando la situación epidemiológica y la propia capacidad de aforo de los centros, para reducir el desplazamiento y acumulación de personas en los mismos».
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De igual modo, la Junta sigue mandatando al SAS a «incrementar las consultas en 'acto único' por razones de eficiencia», así como a «aplazar, si fuera necesario por la situación epidemiológica, las actividades sanitarias programadas y no urgentes en los centros sanitarios de atención primaria y hospitalaria».
También se mantiene la autorización de «una sola persona acompañante por cada usuario atendido en servicios de urgencia, centros de atención primaria, así como en el caso de pacientes hospitalizados, pudiendo restringirse completamente según la situación epidemiológica». Dichos acompañantes, según añade la orden, «siempre deberán usar mascarilla quirúrgica o FFP2 y observar las medidas de higiene de manos y distancia debidas».
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