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Restricciones coronavirus

Las juntas de vecinos ya pueden celebrarse por vía telemática

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto-ley 8/2021 que da validez a las reuniones de propietarios que se celebren por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple para tratar temas urgentes

Jueves, 6 de mayo 2021, 10:38

Las restricciones impuestas por la pandemia han mantenido casi paralizadas a las comunidades de propietarios. Algunas decidieron celebrar estas reuniones vía zoom o whatsapp ... para no exponerse a una posible infección por el Covid-19, pero con el riesgo de que esas decisiones fueran impugnadas judicialmente. Todas las comunidades de vecinos están obligadas a celebrar una junta general, al menos una vez al año, para aprobar cuentas, renovar cargos y tratar asuntos que requieren del consentimiento de los dueños: derramas por obras, acciones judiciales contra morosos, etc. Sin embargo, la actual Ley de Propiedad Horizontal no contempla que estos asuntos puedan tratarse de forma telemática. En concreto, la norma prevé que los propietarios asistan presencialmente a las reuniones y, en todo caso, que deleguen su voto en una tercera persona.

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