Se abre el plazo para solicitar el 'chequé bebé' en Málaga: cómo solicitarlo y requisitos
La línea de subvenciones por nacimiento o adopción tienen un montante global de 318.800 euros
La Diputación de Málaga abre este viernes 30 de julio el plazo para solicitar ayudas por nacimiento o adopción para familias que residan en los ... municipios menores de 5.000 habitantes, conocido con el 'cheque bebé'. Esta línea de subvenciones, cuya convocatoria se ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, cuenta con una dotación global de 318.800 euros y, de ella, podrán beneficiarse unas 260 familia. Con estas subvenciones se pretende apoyar económicamente a las familias de los pueblos más pequeños, que son los que tienen a su vez mayor riesgo de despoblación, como apunta la diputada de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, Lourdes Piña.
Este año se ha incrementado en un 6% el importe global de las ayudas y la diputada de Igualdad informa de que, como en años anteriores, podrá ampliarse esa cuantía en función de las solicitudes que se presenten.
Plazo
Desde el 30 de julio al 30 de agosto de 2021.
Cuantía de la ayuda
1.200 euros por menor nacido o adoptado entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020. Los fondos se aplicarán para cubrir cualquier gasto corriente relacionado con la manutención, atención, cuidados diversos, mantenimiento, protección y subsistencia del menor nacido o adoptado que realicen los progenitores o adoptantes.
La Diputación especifica, en este sentido, que serán subvencionables, por ejemplo, los gastos relacionados con los elementos de transporte y desplazamiento de los menores (carritos y los distintos elementos que lo integran, como sillas de paseo y asientos para coche), elementos decorativos y mobiliario de menores (trona, cuna, colchón, bañera, hamaca, cambiadores, cómodas, bañera con cambiador plegable, cubete, etc.) hasta un límite máximo de 300 euros por concepto.
Requisitos
Entre los requisitos de las personas beneficiarias destacan que la renta de la unidad de convivencia no supere los 15.000 euros anuales y que hayan estado empadronada de manera ininterrumpida en un municipio menor de 5.000 habitantes con una antigüedad de, al menos, dos años. De manera detallada, deben concurrir las siguientes circunstancias:
- Que el domicilio en el que se inscriba al menor causante de la ayuda con ocasión del nacimiento o adopción sea coincidente con el de la persona beneficiaria.
- Que el registro en el domicilio se haya efectuado dentro de los plazos fijados en la convocatoria.
- Que conviva con el menor que motiva esta prestación.
- Que tenga la residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la provincia de Málaga que cuenten con menos de 5.000 habitantes, y una renta correspondiente a la unidad de convivencia que no supere los límites anuales establecidos en la convocatoria.
- Que se encuentre empadronada de manera ininterrumpida en un municipio de menos de 5.000 habitantes con una antigüedad de al menos dos años consecutivos inmediatos anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y, que el nacimiento o adopción se haya producido dentro de los plazos establecidos en la convocatoria, debiendo acreditarlo mediante el certificado de empadronamiento histórico colectivo emitido por el Ayuntamiento correspondiente, en el que debe constar la fecha expresa de antigüedad del solicitante.
- Los requisitos generales para obtener la condición de persona beneficiaria y el régimen de prohibiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social y, de no ser deudor por obligaciones de reintegro con la Diputación Provincial de Málaga, que se llevará a cabo mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.
Solicitudes
Se pueden presentar por cualquiera de los siguientes medios:
- En el registro electrónico de la Diputación de Málaga.
- En el registro electrónico común, accesible en esta web seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente a la que, debe dirigir, dentro de la Diputación Provincial, la documentación.
- En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las comunidades autónomas, o entidades que integran la Administración Local, y órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.
Criterios de valoración de las solicitudes
Otras circunstancias:
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