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El presidente estadounidense, Donald Trump. AFP
El Supremo avala a Trump en su limitación del derecho de asilo

El Supremo avala a Trump en su limitación del derecho de asilo

El alto tribunal elimina el bloqueo de una corte menor y permite así vetar las solicitudes a personas que hayan residido o viajado a través de terceros países

Caroline Conejero

Nueva York (EE UU)

Jueves, 12 de septiembre 2019, 07:13

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El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha avalado la orden del presidente, Donald Trump, para restringir las peticiones de asilo al eliminar el bloqueo procedente de una corte menor, y permite así la aplicación de la ley mientras los tribunales resuelven el proceso de apelaciones en curso.

Con ello la Administración Trump puede ya denegar peticiones de asilo a los inmigrantes en la frontera sur y en otras entradas al país bajo la nueva restricción, que prohíbe a personas que hayan residido o viajado a través de terceros países solicitar asilo en EE UU.

El Supremo no adujo ninguna razón para levantar el bloqueo del tribunal menor, una decisión que requería cinco votos para poder aprobar la petición del Gobierno. Y aunque los votos de los demás magistrados no se hicieron públicos, las juezas Sonia Sotomayor y Ruth Bader Ginsburg hicieron notar su disidencia en fuertes términos.

En su comentario ambas señalaron que el Ejecutivo una vez más busca anular regulaciones de prácticas establecidas por mucho tiempo en el país sobre el amparo a refugiados muy vulnerables que buscan protección por estar perseguidos. Según las magistradas, la nación ha mantenido la puerta abierta a los refugiados. Adicionalmente, la jueza Sotomayor adujo que el Gobierno implementó su normativa sobre la restricción sin previo aviso público y sin la inclusión de la opinión publica que generalmente se requiere en este tipo de procedimientos.

La noche del miércoles Trump anunció en Twitter haber mantenido una excelente conversación con el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, sobre seguridad fronteriza, entre otros temas. La nueva regulación afecta a inmigrantes de Honduras, El Salvador y Guatemala que huyen de la violencia de pandillas en países con altos índices de criminalidad, así como a personas que huyen regímenes opresivos desde Venezuela y Nicaragua, entre otros.

El abogado de la Unión de Libertades Civiles (UCLA) Lee Gelernt, que calificó de «cambio tectónico en las leyes de asilo de EE UU», señaló que se trata de un permiso temporal pero que el proceso judicial para bloquear la regulación contra el asilo continúa ya que miles de familias dependen de ello. Acusó a la Administración Trump de saltarse al Congreso con una declaración de emergencia en las fronteras, algo que según denunció no justifica poner en riesgo a cientos de familias y menores sin acompañantes.

Aumento de peticiones

Gelernt resaltó también la característica petición de apelación al Supremo por parte de la Administración cada vez que se reta judicialmente una regulación, como forma del Gobierno de interrumpir el debido proceso judicial en cada caso.

A pesar de los intentos de Washington para restringir las peticiones de asilo se registró un número récord el pasado año por parte de inmigrantes de Centroamérica. Según el Departamento de Justicia existen en proceso mas de 436.000, presentadas por familias de inmigrantes, muchos de los cuales se encuentran en EE UU a la espera de una audiencia judicial.

La Casa Blanca anunció la nueva regulación el pasado mes de julio y a partir de ahora exigirá que los inmigrantes soliciten asilo en el primer país al que viajan, como México en el caso de los centroamericanos. En cuanto se anunció la ley de restricción, cuatro grupos de derechos de inmigrantes presentaron apelaciones. Un juez federal de distrito de California sentenció que la restricción era probablemente inválida porque era inconsistente con la ley federal, además de violar la Ley de Procedimiento Administrativo, y estableció una prohibición nacional que bloqueó su aplicación.

En la saga de recursos sobre la restricción administrativa de Trump, se dirime también un detalle específico que señala que el bloqueo no se puede aplicar a los Estados sin circuito (sala) número 8 de apelaciones, lo cual deja libre de su aplicación a las fronteras de los Estados de California y Arizona que tienen jurisdicción en el circuito 9, mientras que en los Estados de Nuevo México y Texas, sin jurisdicción de la sala número 9, la restricción ha sido aplicada. En un nuevo caso, visto el pasado lunes, otro juez volvió a recurrir la restricción de asilo en una orden de bloqueo nacional, que ahora ha sido superada por la sentencia del Supremo hasta que se diriman los desacuerdos legales.

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