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SEPE: Esto es lo que se cotiza ahora a la Seguridad Social mientras se cobra el paro

SEPE: Esto es lo que se cotiza ahora a la Seguridad Social mientras se cobra el paro

El Servicio Público de Empleo Estatal asume el ingreso de las cotizaciones y la aportación empresarial

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Jueves, 20 de octubre 2022, 11:56

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Ya sea por un despido o porque el contrato ha concluido. Si el trabajador queda en paro y reúne los requisitos mínimos para acceder a la prestación contributiva por desempleo, sigue cotizando. Así lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que es el encargado del ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social y el que, además, asume la aportación empresarial y le descontará del importe de su prestación el 100% de la cuota que le corresponda. Esto significa que aunque el encargado de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social es el SEPE, solo abona las que corresponden a la empresa, ya que es el propio trabajador el que paga las suyas, quedando descontadas del importe de la prestación al que tenga derecho.

En el caso de que el afectado haya accedido a la prestación por la extinción de su contrato de trabajo, cotizará a la Seguridad Social por las contingencias comunes de jubilación, invalidez permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, protección a la familia y asistencia sanitaria. «No cotizará por desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional», subraya el SEPE. Esto significa que mientras se cobra el paro, el beneficiario tiene garantizada la asistencia sanitaria y esos meses cuentan en la vida laboral como cotizados para la jubilación y también sirven para las prestaciones de viudedad, maternidad, paternidad.

En la prestación que reciba, el desempleado verá descontados varios conceptos: por un lado, la retención del IRPF, que varía en función del número de hijos, y por otro lado, la cuota a la Seguridad Social que paga el desempleado (4,70% de la base reguladora). Por su parte, el SEPE paga la cuota del empresario, que es el 23,60 de la base de cotización.

Cuánto cobra al mes

Para determinar la cuantía de la base de cotización, el SEPE explica que será «la misma» que la base reguladora de la prestación por desempleo. «Esta base reguladora se obtiene calculando la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados, teniendo en cuenta los días naturales de cada mes», informa el organismo.

Si es una persona trabajadora por cuenta ajena agraria fija o fija discontinua, el SEPE se hace cargo del 73,50 % de la aportación a la Seguridad Social que le corresponda, por lo que no se le descontará de la prestación.

Si reanuda la prestación tras haberla suspendido u opta por una nueva prestación que se haya podido generar, las bases de cotización son las de la prestación que se reanuda o las de la nueva, respectivamente.

Para saber lo que se cobrará de paro habrá que tener en cuenta lo que se haya cotizado en los últimos seis meses (180 días) en los que ha estado dado de alta. Concretamente, se toma de referencia las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales (recogidas en la nómina). Con ellas, se hace una media de los últimos seis meses y se obtiene la base de cotización media, denominada base reguladora de la prestación contributiva por desempleo.

Así, los primeros 180 días de prestación se cobra el 70% de la base reguladora, y a partir del día 181, se cobra el 50% de la misma. Eso significa que una persona que ha estado trabajando cinco años y se queda en paro, cuando solicita el paro, el SEPE lo primero que comprueba es su cotización media en los últimos seis meses. Si, por ejemplo, fue de mil euros, la base reguladora de la prestación por desempleo será de mil euros y esa persona cobrará durante los primeros seis meses, 700 euros (70% de mil euros) y a partir del séptimo mes ingresará 500 euros (50% de mil euros).

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