¿Puedo solicitar una prestación si tengo días de vacaciones por disfrutar?: el SEPE lo aclara
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aprovechado sus distintos perfiles en redes sociales para despejar dudas: «No puedes porque no estás aún en 'situación legal de desempleo'», sentencia
Con el verano a la vuelta de la esquina, conviene aclarar un interrogante recurrente en estas fechas: ¿Puedo solicitar la prestación si tengo aún días ... de vacaciones por disfrutar? El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aprovechado sus distintos perfiles en redes sociales para aclararlo: «No puedes solicitar tu prestación porque no estás aún en 'situación legal de desempleo'», sentencia. Y añade: «Después tendrás 15 días hábiles para tramitar».
Y es que quienes vayan a presentar una solicitud estos días pueden tener problemas si a aún tienen días de vacaciones no disfrutados. El paro puede solicitarse únicamente si se está en una 'situación legal de desempleo'. Esto es, el contrato debe de haber finalizado de manera oficial. En caso contrario la persona no está oficialmente desempleada.
Según el SEPE, «la solicitud deberá presentarla en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado o a la finalización de las vacaciones». Es muy importante que no venza el plazo, ya que, sino, no podrá cursarse.
Además, aunque no hay una prohibición expresa de viajar, el sistema está diseñado para garantizar que la persona beneficiaria pueda reincorporarse a un puesto de trabajo en cualquier momento. No cumplir este requisito puede tener consecuencias sobre la ayuda que se percibe. El SEPE contempla varios escenarios y distingue, según cada uno de ellos, las penalizaciones de incumplir las normas. Aunque el caso más habitual es el de vacaciones personales, también existen salidas por motivos laborales, formativos o de cooperación internacional.
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