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Protección de Datos impone una multa de 9.000 euros a un hotel de cuatro estrellas por escanear el DNI de un cliente

Advierte de que esta práctica durante el registro en los establecimientos de hospedaje es un «tratamiento de datos personales excesivo»

Martes, 29 de julio 2025, 23:50

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La obligación de un hotel o de cualquier establecimiento de hospedaje de recoger determinados datos del cliente y así cumplir con el nuevo registro de ... viajeros, recogido en el Real Decreto 933/2021 (regula la comunicación de datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), no da carta blanca para recabar más información de la necesaria. Y en este sentido, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido de la prohibición de solicitar una copia del DNI o pasaporte del cliente durante la reserva, así como escanear su documento de identidad cuando llega al hotel y realiza el 'check in'.

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