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Los objetores de conciencia podrán sumar el año de la prestación social en el cálculo de cotización para la jubilación

Ese periodo, también aplicable a quienes realizaron la mili, sólo se computa para alcanzar el tiempo de cotización específico en el caso de jubilación anticipada

Martes, 26 de noviembre 2024, 11:27

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En un contexto donde cada mes cuenta en el cálculo de cotizaciones para la futura jubilación, ahora será posible computar el tiempo empleado en la ... prestación social sustitutoria por quienes se declararon objetores de conciencia para no realizar el servicio militar obligatorio. Pero, ¿en qué casos la Seguridad Social lo tiene en cuenta a la hora de conceder prestaciones como la jubilación? «Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el límite máximo de un año. Por este motivo, sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar. Si no es necesario, no hay que indicar nada», indica la Seguridad Social.

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