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Cambios en los plazos del IVA y el IRPF para los autónomos

Cambios en los plazos del IVA y el IRPF para los autónomos

Los profesionales por cuenta propia tienen en el mes de enero modificaciones en la domiciliación de tributos

Lunes, 27 de enero 2025, 01:00

EI año 2025 llega cargado de novedades para los más de 3,3 millones de trabajadores autónomos que hay en España, de los que más de 138.000 son malagueños. Los cambios afectan a las cotizaciones sociales, la facturación electrónica, la edad de jubilación y los modelos que se presentan ante la Agencia Tributaria. En este último ámbito hay un importante aviso relacionado con una novedad para las gestiones de los autónomos en su día a día. Y no es una baladí, precisamente.

Los trabajadores por cuenta propia tienen, por norma general, hasta el día 30 de enero para presentar hasta una decena de declaraciones de impuestos. Aparte de las declaraciones resumen del año anterior, la mayoría tendrán que pagar tanto el IVA del cuarto trimestre como el IRPF, en el caso de que hayan optado por fraccionarlo en varios trimestres.

Sin embargo, el plazo para ambas liquidaciones se adelantará si quieren que sea la Agencia Tributaria la que les cobre directamente en su cuenta bancaria estos impuestos para evitar así posibles retrasos en el pago y sanciones de Hacienda, según señalan desde el portal especializado 'Autónomos y emprededor.es'.

El plazo se adelanta si quieren que sea la Agencia Tributaria la que les cobre en su cuenta corriente

Con carácter general, los contribuyentes cuentan hasta el día 20 -de abril, julio u octubre- para presentar los modelos -303, 130 o 131- ante Hacienda y pagar el resultado que salga en la liquidación. En enero el plazo es distinto, y tienen hasta el día 30 para declarar estos impuestos. Pero si quieren optar por la domiciliación, tienen que presentar la declaración cinco días antes de la fecha límite, según el mencionado portal.

Por lo tanto, y aunque normalmente la fecha para domiciliar el pago de los impuestos suele ser el día 15, este mes tendrán hasta el día 25 para presentar sus autoliquidaciones trimestrales y que sea Hacienda la que cobre directamente el IVA o el IRPF en su cuenta bancaria.

Domiciliar el pago del IVA o del IRPF fraccionado en enero es sencillo. Cuando el autónomo o su gestor rellena el modelo 303 o el modelo 130 o 131, en caso de que pague su IRPF en la modalidad de fraccionamiento, con sólo hacerlo cinco días antes del vencimiento del plazo, aparecerá automáticamente una opción de domiciliación. A continuación se muestra esta casilla que vale tanto para el modelo de IVA trimestral, como para el IRPF fraccionado.

Al marcarla, automáticamente aparece un apartado en el que el profesional debe indicar la cuenta corriente donde la Administración debe hacer el cobro. Pasados los últimos cinco días, esa opción desaparece.

A pesar de que la domiciliación es el método más cómodo para pagar las autoliquidaciones, a veces puede pasarse el plazo. Lo más sencillo en este caso es confeccionar telemáticamente la declaración y pagar la liquidación con un cargo en cuenta o con tarjeta de crédito.

Por otro lado, el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 9 de enero recogió diferentes cambios que afectarán a las declaraciones censales que tienen que presentar los trabajadores por cuenta propia ante Hacienda. Se trata de la eliminación del llamado 'modelo 037', procedimiento mediante el cual informaban de su alta, modificación o baja de forma simplificada.

Hasta ahora muchos autónomos utilizaban este modelo para presentar su alta ante Hacienda de una forma más sencilla y rápida que si presentasen el 'modelo 036'. A partir del próximo 3 de febrero, ya no podrán hacerlo.

La orden de Hacienda publicada en el BOE busca mejorar los servicios de asistencia al contribuyente, que eran la causa de que la Agencia Tributaria pusiera a disposición de los autónomos un modelo de alta, modificación y baja simplificado. Con las herramientas actuales, el fisco considera que este procedimiento podría hacerse de forma igualmente sencilla a través del 'modelo 036'.

El 'modelo 037' de Hacienda fue creado en 2007 para que los autónomos pudieran realizar su declaración de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de una forma simplificada. «Este modelo tenía apenas dos páginas, por las más de diez que tiene el 036, lo que agilizaba mucho su presentación», ha explicado al portal especializado 'Autónomos y emprendedor.es' Dolores Ortega, vocal de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET).

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