La nueva ley de gestión ambiental agiliza trámites para autorizaciones y refuerza el control
·
La norma, aprobada por el Consejo de Gobierno para su remisión al Parlamento, amplía la corresponsabilidad público-privada en la protección del entornoEl Gobierno andaluz ha aprobado hoy el proyecto de Ley para la Gestión Ambiental de Andalucía que agilizará los trámites y procedimientos para las autorizaciones ... y ampliará la corresponsabilidad público-privada en la protección del entorno para el desarrollo de actividades.
La nueva norma, que será remitida ahora al Parlamento para su debate y definitiva aprobación por el procedimiento de urgencia, renueva en profundidad el marco jurídico de la comunidad en materia de protección, prevención y control ambiental y avanza en la simplificación administrativa.
La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García, explicó que esta ley surge por la necesidad de adaptar la legislación andaluza a los cambios producidos en las dos últimas décadas en el ámbito europeo y estatal que había dejado obsoleta en diferentes materias la antigua Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental aprobada hace 18 años.
Catalina García afirmó que la nueva norma dota a la Junta de «instrumentos más ágiles y eficaces para afrontar los retos ambientales y climáticos del siglo XXI» y añadió además que «viene a reforzar la seguridad jurídica y agilizar los pronunciamientos ambientales, reduciendo trámites y duplicidades administrativas con un fin último de alcanzar un alto nivel de protección de las personas y del medio ambiente, garantizando un desarrollo sostenible y la calidad de vida de la ciudadanía».
La ley también fomenta la corresponsabilidad ambiental entre administraciones, empresas y ciudadanía mediante el impulso de convenios, instrumentos voluntarios de mejora ambiental y mecanismos de colaboración público-privada.
El nuevo texto legislativo persigue también prevenir los impactos ambientales de las actividades y proyectos que se desarrollen en el territorio andaluz, establecer mecanismos de compensación o corrección de sus efectos adversos y promover la participación de la sociedad en la toma de decisiones. Asimismo, la norma consolida los principios de ecoeficiencia y uso racional de los recursos naturales, favoreciendo la transición hacia un modelo de economía verde y circular.
La ley contempla la creación de la Estrategia Marco de Medio Ambiente, que actuará como instrumento de planificación estratégica de referencia para Andalucía, así como la puesta en marcha del Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía, que sustituirá al actual Consejo Andaluz del Medio Ambiente y que contará con la representación de los agentes sociales y económicos más relevantes, así como de las entidades locales.
Además, promueve igualmente la coordinación interadministrativa, reforzando la cooperación entre los distintos niveles de gobierno para evitar retrasos y conflictos competenciales. El órgano ambiental autonómico convocará reuniones periódicas con las administraciones implicadas en la emisión de informes o consultas, para «agilizar la tramitación y mejorar la calidad técnica de los expedientes.
Proceso participativo y concertado
La Junta resalta que la elaboraciónde esta ley ha sido fruto de un proceso de trabajo compartido con los principales agentes sociales y económicos de Andalucía», resaltando que ha formando parte del Pacto de Diálogo Social firmado en 2023 con UGT, CCOO y CEA, que contemplaba expresamente la necesidad de renovar la normativa ambiental para avanzar hacia una gestión más moderna, coordinada y participativa.
Desde su fase inicial, la Junta ha desarrollado un proceso de participación en todas las provincias abierto a sindicatos, organizaciones empresariales, entidades locales, colegios profesionales y colectivos ambientales. Esta dimensión participativa se refuerza además con la creación de nuevos órganos de consulta y canales permanentes de diálogo en materia de medio ambiente.
El texto se estructura en 197 artículos distribuidos en nueve títulos, junto con disposiciones adicionales, transitorias y finales. Su contenido abarca desde la gobernanza ambiental hasta la prevención, el control, la responsabilidad medioambiental o el régimen sancionador.
La norma crea además un Registro de Participación Ciudadana en materia ambiental, en el que podrán inscribirse personas físicas o jurídicas interesadas en los procedimientos de evaluación y prevención ambiental. Este registro permitirá «reforzar la transparencia, facilitar el acceso a la información y garantizar la participación en los procesos de toma de decisiones».
En este marco se actualizan los instrumentos fiscales e incentivos económicos, incluyendo las subvenciones ambientales, para «promover la innovación, la sostenibilidad y el empleo verde de calidad». Asimismo, se amplían las funciones de las entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental, que podrán realizar tareas de verificación documental, apoyo en inspecciones y control de subvenciones, «siempre bajo supervisión de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente».
También se regula la posibilidad de que los colegios profesionales puedan participar en tareas técnicas de verificación ambiental mediante encomiendas o convenios.
Por otro lado, plantea la creación de la Licencia Ambiental, que sustituye a la antigua Calificación Ambiental que otorgan los ayuntamientos. Así, lo que en la anterior regulación se tramitaba como Calificación Ambiental (CA) pasa, en muchos casos, a resolverse mediante Autorización Ambiental Unificada Simplificada (AAUS), lo que implica que la Junta asume la resolución de 49 categorías de actuaciones que antes correspondían a los municipios. Se contemplan también otras 33 categorías se simplifican pasando a ser objeto de Declaración Responsable de los Efectos Ambientales (DR-EA), un procedimiento mucho más ágil para las corporaciones locales.
La ley unifica 21 categorías de instalaciones atendiendo a un umbral común, de modo que aquellas que superen dicho límite se tramitarán con el mismo instrumento que las que quedan por debajo, proporcionando coherencia y seguridad jurídica. Además, en los casos en que una declaración responsable afecte a dos municipios, se resolverá como dos declaraciones diferenciadas, garantizando una correcta gestión en cada término municipal.
La nueva regulación reduce de esta forma la carga administrativa de los ayuntamientos y refuerza la coordinación entre administraciones, además de aportar una reducción significativa de los tiempos de tramitación de las autorizaciones e instrumentos de prevención ambiental.
Los nuevos plazos quedan fijados en seis meses para la Autorización Ambiental Integrada y en el caso de la Autorización Ambiental Unificada; cinco meses para la Autorización Ambiental Unificada Simplificada; tres meses para Licencia Ambiental; y efectos inmediatos para la Declaración Responsable de los Efectos Ambientales.
La norma incorpora además mejoras en la evaluación ambiental estratégica y en la evaluación de impacto ambiental, que ahora quedan integradas en los instrumentos de autorización correspondientes. También regula de forma más precisa la modificación, vigencia y revisión de estas autorizaciones, así como la transmisión de titularidades y los supuestos de cese de actividad.
A todo ello, se suma el refuerzo en la inspección, vigilancia y control ambiental con un nuevo marco regulador, de forma que los ayuntamientos verán clarificados sus cometidos en esta materia. También se actualiza el régimen sancionador e introduce la prestación ambiental sustitutoria, que permitirá sustituir una sanción económica por actuaciones de restauración, conservación o educación ambiental.
También se ponen al día las disposiciones relativas a responsabilidad medioambiental, se incorporan nuevas obligaciones y garantías financieras para las actividades potencialmente generadoras de riesgo ambiental, e incluye un conjunto de medidas para fomentar la ecoinnovación, la eficiencia tecnológica y la economía circular.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión