Absueltos los diez acusados por la venta de suelos de Mercasevilla
Entre los exonerados en esta causa, que comenzó a instruir la jueza Alaya en 2010, se encuentran el expresidente de Sando José Luis Sánchez Domínguez y el vicepresidente y consejero delegado, Luis Sánchez Manzano
EFE
Miércoles, 21 de junio 2017, 11:14
La jueza de lo penal 13 de Sevilla, Yolanda Sánchez, ha absuelto a los exconcejales Antonio Rodrigo Torrijos (IU) y Gonzalo Crespo (PSOE) ... y a otros ocho acusados por la venta de suelos en 2006 de Mercasevilla, para los que la Fiscalía pedía dos años de cárcel.
Además de a los dos exediles, la jueza ha absuelto de los delitos de fraude, exacciones ilegales y prevaricación al ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet; al ex director de área de Vía Pública del Ayuntamiento Domingo Enrique Castaño; a la funcionaria de Urbanismo María Victoria Bustamante; al ex asesor jurídico de Mercasevilla Jorge Piñero; al economista José Antonio Ripollés; al expresidente de Sando José Luis Sánchez Domínguez; al vicepresidente y consejero delegado de Sando, Luis Sánchez Manzano, y al exvicepresidente del área inmobiliaria José Luis Miró.
Durante la lectura del fallo realizada esta mañana, los acusados y sus abogados no han podido ocultar sus muestras de alegría por un caso que empezó a instruir en el año 2010 la juez Mercedes Alaya.
En la sentencia, de 393 folios, la juez asegura que no existe prueba, "ni siquiera indiciaria", de que Torrijos "presionara" para que se convocara un concurso o una subasta de los suelos ni que "se confabulara con los restantes acusados".
Tampoco negoció Torrijos "en la sombra, ni manipuló el concurso que ganó Sando, en lo que el exconcejal de IU no tenía interés", explica la juez antes de señalar que "no participó en la mesa de contratación ni en la baremación del proceso".
En la venta de suelos, Torrijos "no ha tenido participación alguna, fuera de la de ser Consejero ostentando el cargo de Vicepresidente segundo" de Mercasevilla, concluye la juez.
Ninguno de los acusados se benefició o tuvo estímulo económico por parte de Sando, y tampoco existen pruebas de que quieran defraudar a la Administración, asegura la juez.
La sentencia explica que en el concurso público para la venta de suelos se incluyó una cláusula de limitación al alza que penalizaría a las ofertas económicas que excedieran en más de un 10 % la media de todas las ofertas, y otra que daba puntos a los que poseyeran algún derecho sobre los suelos de Mercasevilla, lo que ocurría con Sando.
Al concurso concurrieron ocho empresas, de las cuales cinco no aportaban oferta social, una de las cláusulas incluidas; seis empresas no aportaron mejora en la fórmula de determinación del precio, una tampoco oferta técnica y otra no ofreció cláusula de revalorización, señala la juez.
Todas las ofertas contenían cifras iguales o muy próximas al inicial de 105 millones como precio de la opción de compra, salvo la empresa Noga, que ofreció 158 millones de euros, y Landscape, que ofertó 115 millones, señala la sentencia.
Una vez abiertas las plicas, la Mesa de Contratación penalizó la oferta de Noga por la cláusula de limitación al alza y propuso a la Comisión Ejecutiva de Mercasevilla, el 13 de febrero de 2006, que se eligiera la oferta de Sanma, empresa filial de Sando, lo que se hizo el 15 de febrero de 2006.
Por ello, el ex director general de Mercasevilla y los representantes de Sando firmaron el 23 de febrero de 2006 el contrato de opción de compra, señala la juez en la sentencia.
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