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El TSJA anula las restricciones a la libertad horaria comercial impuestas por la Junta

El tribunal andaluz tumba la medida al no justificar por qué excluía a la zona oeste como área de gran afluencia turística

Javier Recio

Lunes, 17 de noviembre 2014, 18:29

Se preveía una larga batalla. Y así va a ser. El TSJA acaba de anular la orden de la Junta de Andalucía que restringe la ... libertad horaria comercial en Málaga como zona de gran afluencia turística. Y lo hace al no haber motivado por qué no se amplió a otras zonas como pedía el Ayuntamiento o por qué lo restringió temporalmente. En la resolución del alto tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso este periódico, se estima la petición de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución y del Ayuntamiento de Málaga, que se mostraban contrarios a la orden dictada por la Consejería de Turismo y Comercio en enero de 2013, que dejó reducida al mínimo la posibilidad de los comercios de abrir en días festivos. La Junta dictó esa medida después de que el Gobierno obligara a regular la libertad horaria a los municipios que tuvieran un millón de pernoctaciones o recibieran más de 400.000 cruceristas al año. La Junta circunscribió la zona de apertura al Centro Histórico, La Victoria, La Malagueta y el centro comercial del puerto Muelle Uno; y también lo hizo temporalmente, puesto que los negocios que se encontraban dentro de la zona de gran afluencia turística sólo podrían abrir de lunes a domingo en dos periodos muy concretos: Semana Santa y el mes de agosto. El resto del año se tenían que ceñir a la normativa establecida para el conjunto de los comercios andaluces, que se ha amplió a un máximo de 90 horas semanales (antes 72) y diez domingos y festivos al año frente a los ocho anteriores. La excepción, como viene siendo desde 1996, está en los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados, que tienen plenos poderes para abrir los 365 días del año, siempre que no estén asentados en una gran superficie.

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