¿Cómo puedo conseguir uno de los 'cheques bebé' de 1.200 euros de la Diputación de Málaga?
Requisitos y plazos para optar a la nueva convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción que este año se amplía a 200 euros por familia
La Diputación provincial de Málaga ya ha abierto el plazo, otro año más, de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas por nacimiento ... o adopción en los municipios de la provincia de menos de 5.000 habitantes. La subvención para 2018 de este conocido como 'cheque bebé' está dirigida a aquellas familias con menos recursos económicos y, este año, viene con dos novedades destacadas. En primer lugar, según explicó la diputada de Servicios Sociales y Centros Asistenciales, Lourdes Burgos, se ha incrementado en 200 euros por cada unidad familiar y, en segundo lugar, apuntó la posibilidad de que los ingresos máximos que deben percibir los beneficiarios no superen los 15.000 euros anuales en lugar de los 12.000 fijados en la anterior convocatoria. Pero, ¿quiénes pueden solicitar la subvención? Te contamos cuáles son los requisitos y los plazos exigidos y publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el pasado 6 de agosto. Lee en PDF el edicto de las ayudas en el BOP.
-BENEFICIARIOS. Esta ayuda está dirigida a familias con menos recursos residentes en los municipios de menos de 5.000 habitantes de la provincia de Málaga.
-IMPORTE LA AYUDA.Por nacimiento o adopción es de 1.200 euros por unidad familiar.
- PLAZOS DE ENTREGA. Los interesados podrán presentar sus solicitudes hasta el 21 de septiembre de 2018.
- PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA: 300.000 euros.
-REQUISITOS. Para solicitar el cheque bebé los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
-La persona beneficiaria deberá tener la residencia administrativa de manera ininterrumpida -con una antigüedad de al menos dos años consecutivos inmediatos anteriores al 31 de julio de 2018- y una renta correspondiente a la unidad familiar no superior a los 15.000 euros anuales (la pasada convocatoria que fijaba el máximo en los 12.000 euros).
-Que el domicilio en el que se inscriba al menor coincida con el del beneficiario y que dicho registro se haya efectuado desde el 31 de agosto de 2017 y antes de la finalización del plazo establecido para la presentación de las solicitudes (21 de septiembre de 2018).
-Que el beneficiario conviva con el menor que motiva esta prestación.
-Fechas del nacimiento o adopción. El nacimiento o adopción se haya producido en el periodo que va desde el 31 de agosto de 2017 hasta el 31 de agosto de 2018, ambos inclusive.
-Son conceptos subvencionables todos aquellos relacionados con la «manutención, atención, cuidados diversos, mantenimiento, protección y subsistencia del menor nacido o adoptado que realicen los progenitores o adoptantes, y siempre que los documentos justificativos tengan fecha de emisión o expedición desde el 31 de agosto de 2017 y hasta los 6 meses posteriores al acuerdo de concesión de las ayudas».
-Los justificantes «se presentarán en el plazo de 3 meses posteriores al de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, mediante la cuenta justificativa con el formato previsto en el Anexo III y en los términos establecidos en el artículo 12 de las bases».
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