
Secciones
Servicios
Destacamos
PPLL
Viernes, 21 de enero 2011, 02:33
El pasado 31 de octubre finalizó la moratoria otorgada por Fomento para adaptar los distintos reductores de velocidad a la normativa ministerial y al artículo 5.2 del Reglamento de Circulación, y poco, muy poco, se ha hecho al respecto. Hace ya años que se empezaron a colocar estos elementos que terminaron por complicar la circulación, reteniéndola en demasía, además de las muchas quejas de los conductores. Hoy, el 'lomo de asno' simple está prohibido aunque se sigue utilizando. Estas bandas de caucho seran válidas si tienen no menos de 60 cm de largo y no más de 3 ó 4 de alto, cuando la mayoría tienen 6. El llamado 'cojín berlines', también en caucho o goma, pero de mayores dimensiones, está autorizado, y los pasos sobreelevados pueden tener hasta 4 metros de largo, pero las rampas deben medir entre uno y 2,5 m con forma trapezoide y no de triángulo equilátero.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones para ti
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.