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Carles Puigdemont. Afp

Llarena comunica a Italia: «La euroorden está activa. No se ha modificado»

El Supremo envía un oficio al juzgado de Sassari en el que confirma que Puigdemont sigue en «rebeldía» y que la consulta al TJUE no paralizó la orden de captura | La Abogacía del Estado llenó de argumentos a la defensa del huido al asegurar durante una vista que la OED quedaba en suspenso

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Viernes, 24 de septiembre 2021, 10:04

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En el Tribunal Supremo no tienen la menor duda: Las euroordenes contra Carles Puigdemont y sus ex consellers Clara Ponsatí y Toni Comín están plenamente vigentes porque nunca se desactivaron. Y por ello, a priori y siempre a expensas del proceso jurídico que se abre ahora con las autoridades italianas, no habría ningún escollo legal para tramitar la entrega del expresidente o, al menos, comenzar el trámite burocrático para poner en marcha la ejecución de la Orden Europea de Detención (OED) tras producirse el arresto. En ningún momento –insisten en el Supremo- el instructor del 'procés', Pablo Llarena, dejó en suspenso esa OED contra Puigdemont, ya que se solo se limitó a pedir a la justicia europea una aclaración sobre la postura de Bélgica de negar la entrega del huido.

El propio Llarena, a primera hora de la tarde de este viernes, envió un oficio al representante de España en Eurojust para que lo remitiera de inmediato al Tribunal de Apelación de Sassari . En él como, es preceptivo, incluyó la OED librada el 14 de octubre de 2019 contra Puigdemont. Pero Llarena, consciente de la controversia jurídica internacional sobre este asunto, añadió algunas apreciaciones a los jueces sardos para despejar cualquier duda sobre la vigencia de la orden de búsqueda y captura. «Participo que el procedimiento judicial del que deriva la euroorden está activo y pendiente de la captura de los procesados en situación de rebeldía», subrayó el juez español.

Llarena, además, unió una copia de la cuestión prejudicial que planteó él mismo en marzo de este año ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y en la que, según la defensa del huido, el Supremo dejó en suspensión la OED. Llarena negó este extremo ante Italia y aseguró que la «tramitación» de esa consulta sobre la negativa de la justicia belga a entregar al expresidente «no modifica la situación en que se encuentra actualmente el procedimiento, sin perjuicio de que deba acomodarse en su día a la interpretación que del derecho europeo, y sobre las estrictas cuestiones suscitadas, realice el TJUE»,

Al margen de este oficio, la detención este jueves de Puigdemont en Cerdeña –insistieron durante todo este viernes en la corte de la Plaza de Villa de París- es consecuencia directa de la resolución del 30 de julio del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), que rechazó la medidas cautelares reclamadas por Puigdemont, Posatí y Comín contra la decisión del Parlamento Europeo de marzo de 2021 de dar curso al suplicatorio pedido por el Tribunal Supremo y acabar con la inmunidad de los tres eurodiputados, salvo para éstos pudieran acudir a las sedes de la Eurocámara en Bruselas (Bélgica) y Estrasburgo (Francia). O sea, entiende el alto tribunal español, Puigdemont no tenía ningún tipo de inmunidad en Italia por no estar desplazándose al parlamento europeo.

Cuestión prejudicial

El Tribunal Supremo insistió que la euroorden que ha permitido el arresto de Puigdemont nunca ha dejado de estar vigente desde que se reactivó en octubre de 2019 porque en ningún momento Llarena, tal y como él mismo comunicó este viernes a Italia, en la cuestión prejudicial pidió la suspensión de la OED, aunque así pareció darlo a entender una resolución del Tribunal General de la Unión Europea.

Esta última instancia, en la resolución en la confirmó el levantamiento de la inmunidad de Puigdemont, afirmó que «nada» permitía «considerar» que las autoridades judiciales belgas o las de «cualquier otro estado miembro» pudieran «ejecutar las órdenes de detención europeas» contra el expresidente y sus exconsejeros y «entregarlos a las autoridades españolas». Y ello –el argumentó el TGUE- porque estaba pendiente de resolverse por parte del TJUE la consulta de Llarena sobre la interpretación que hizo Bélgica de la directiva de las euroórdenes, por la que rechazó la entrega del exconsejero catalán Lluís Puig.

En esencia, Llarena –sostiene el Supremo- llevó el caso a la corte de Luxemburgo por entender que un juez belga no tenía capacidad para rechazar la euroorden, pero no anulo su orden, aunque así lo habría apuntado el TGUE, quien en su auto de julio afirmó que las «autoridades españolas» habían dicho «expresamente» que hasta que no se resolviera esa pregunta de Llarena, «la ejecución de las órdenes de detención también ha sido suspendida». Y efectivamente, fue la Abogacía del Estado la que en la vista hizo esa interpretación, en contra de la tesis que mantenía la justicia española, según denunciaron fuentes del alto tribunal.

«Vigente en el resto»

Desde el Supremo instieron en las últimas horas que el instructor Pablo Llarena «solo se refería aclarar una cuestión que alegó Bélgica, que no tiene que ver con Italia o cualquier otro país europeo. Llarena dejó en manos de Bélgica suspender o la euroorden, pero la OED sigue totalmente vigente en el resto de los países», apuntaron con seguridad fuentes del tribunal de la Plaza de Villa de París, que abundaron que las autoridades italianas podrían perfectamente tramitar la entrega del huido sin esperar a conocer la resolución de esa cuestión prejudicial porque esta cuestión afecta exclusivamente a Bélgica.

De hecho, recuerdan en el Supremo, el propio TGUE, a pesar de sus afirmaciones, contemplaba la posibilidad de que el expresidente y los exconsejeros sí que pudieran ser detenidos en cualquier estado de la UE, como finalmente así ha ocurrido. El TGUE afirmaba que, pese a la desestimación de la demanda de medidas provisionales, «los diputados mantienen la posibilidad de interponer una nueva demanda si, con posterioridad al presente auto, el perjuicio alegado resultara suficientemente probable, en particular en caso de que fueran detenidos por una autoridad de ejecución de un Estado miembro o de que se llevara a cabo alguna actuación dirigida a entregarlos a las autoridades españolas».

«Suspendida»

Obviamente, la interpretación que hace la defensa de Puigdemont es diferente a la del Supremo, pues entiende que las órdenes de detención y entrega quedaban suspendidas hasta que el TJUE se pronunciara sobre la consulta del instructor del procés. Sin embargo, el expresidente aborgó este verano un nuevo viaje al pueblo francés de Perpignan (muy próximo a la frontera) ante el miedo de ser detenido, según reconocieron sus propios colaboradores.

El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, dejó escrito en Twitter sus argumentos minutos después de que su cliente fuera detenido en Italia. «El president Puigdemont ha sido detenido a su llegada a Cerdeña donde acudía como eurodiputado; esta detención es en función de la euroorden de 14 de octubre de 2019 que, por imperativo legal -según establece el Estatuto del TJUE- se encuentra suspendida. España informó al Tribunal General, y así se recoge en la resolución de 30 de julio pasado, que ningún país ejecutaría una orden de estas características; en la misma resolución el vicepresidente del TGUE indicó que, de ser necesario, se solicitase una nueva medida cautelarísima», apuntó el letrado.

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