Un tributo herido de muerte a base de sentencias judiciales
La última victoria del contribuyente tuvo lugar en diciembre pasado
La batalla judicial contra la plusvalía en ventas a pérdidas arrancó durante la crisis de 2008 tras el estallido de la burbuja inmobiliaria en ... la que los precios del ladrillo empezaron a caer. No fue hasta 2017 cuando el Tribunal Constitucional se pronunció declarando inconstitucionales y nulos los artículos de la Ley de las Haciendas Locales que regulan la plusvalía en aquellos casos en los que no existieran un incremento de valor de los terrenos transmitidos. A partir de ahí, se han ido sucediendo una cascada de pronunciamientos y aclaraciones tanto del Constitucional como del Supremo que han ido perfilando la situación jurídica actual, aunque no la legal a falta de la reforma pendiente.
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De momento, lo único que parece claro es que el impuesto no pude exigirse en aquellos supuestos en los que no haya beneficio. En estos supuestos, los contribuyentes pueden acreditarlo con las escrituras o cualquier otra documentación en la que se constate que el valor del terreno no ha aumentado por mucho que a la hora de calcular la cuota no se tenga el valor real del inmueble, sino el catastral del suelo, al que se aplican unos coeficientes multiplicadores que crecen en función del número de años transcurridos desde la anterior transmisión.
La última victoria del contribuyente tuvo lugar en diciembre del año pasado, cuando el Supremo dio por buena la tesis del Constitucional y anuló por confiscatoria una liquidación en la que la cuota a pagar era mayor al incremento del valor obtenido en la venta del inmueble. Así, si la ganancia es igual o inferior al propio impuesto, también queda exento.
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