Las claves de la férrea defensa legal de los vecinos de la Vega de Mestanza ante la EDAR Norte
Un abogado especialista, con despacho en Asturias, ha llevado en los últimos años la estrategia jurídica que deja muy tocado el proyecto de la gran depuradora metropolitana. Pide la ejecución provisional de la sentencia
Marcelino Abraira está al frente del despacho de abogados gijonés que lleva la representación legal de los vecinos de la Vega de Mestanza y Lomas ... de Cantarranas en su cruzada por evitar la construcción de la depuradora Norte en aquellos terrenos, justo en el límite entre la capital malagueña y Alhaurín de la Torre. Siempre han alegado que no era el sitio y que era zona inundable. Por resumir mucho. Ya en noviembre del año pasado lograron la paralización cautelar de las expropiaciones. Fue una victoria pírrica porque después el TSJA desactivó la decisión y permitió que la Junta pusiera la directa de esta obra, cuantificada en 104 millones de euros y que lleva dos décadas de trámites.
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David contra Goliath
Suele poner como ejemplo este letrado, de formas vehementes y entusiastas, que la Administración regional tiene a favor el BOJA. Ahora él puede presumir, en esta lucha que siempre se suele comparar con la de David y Goliath, de que ha ganado una batalla importe, pues el TSJA cuestiona de lleno el trámite ambiental seguido, el propio emplazamiento de la EDAR Norte y anula el anteproyecto.
Costas
Abraira analiza la sentencia adelantada por SUR el jueves y avanza que ha solicitado que sea la Junta quien pague los 6.000 euros de costas parcialmente impuestas a los vecinos. «En el fallo, estiman el recurso planteado por nosotros y hoy mismo pediremos al Tribunal que en coherencia con la estimación del recurso la imposición de costas sea a pagar por la Junta. No hay ninguna duda que se nos ha estimado íntegramente el recurso», argumenta.
Ubicación
El abogado valora la contundencia del TSJ cuando habla de la ubicación de la futura EDAR. Y relata decenas de elementos ambientales y legales (investigaciones ambientales, aguas interiores, contaminación de suelo, gases con efecto invernadero, residuos. «Nada de esto han explicado en el expediente informativo para alegaciones, resultando al final que no habían hecho ningún estudio de impacto ambiental», apostilla.
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«En mi opinión, esta sentencia tiene un alcance más elevado que la mera paralización de las obras, porque como dice el fundamento jurídico cuarto, cuando entra a conocer del recurso viene a señalar que no es posible la ubicación de la EDAR Norte en la Vega de Mestanza por aplicación de jerarquía normativa», incide.
Corredor Biológico
«Tiene en cuenta que la Vega de Mestanza, ha sido nombrada oficialmente como parte del Corredor Biológico Mundial, pasando a ser un punto estratégico al ser elegido como kilómetro cero del sur de Europa del Corredor Biológico Mundial por su alto valor ecológico, cuestión que ignora la Junta pero no el Tribunal, razón por la cual, debe prevalecer el criterio del Tribunal sobre el de la Junta», argumenta.
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«Precisamente ese mismo fundamento jurídico quinto señala, en cuanto a las alternativas de ubicación propuestas, ni más ni menos, que por la Junta se ha obviado cualquier estudio alternativo, diciendo que todas las alternativas se encuentran en zona inundable. Esto no lo acepta el Tribunal », profundiza.
Inundable y a contrapendiente
En unos casos, amplias zonas inundables; en otros, bombeos costosos a contracorriente; en otros, lo escaso del terreno por estar cercano a urbanizaciones... Los fundamentos de la Sala con respecto al emplazamiento son claros. «Dicho lo anterior, a la hora de decidirse por una de las alternativas concretamente por la que se sitúa en la Vega de Mestanza, se pone de aliviar que han sido motivos exclusivamente económicos los que han decidido la elección», asevera.
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Según Abraira, el Tribunal, ha resuelto desestimar el recurso de la Junta porque no cabe decidir una ubicación por razones económicas y sanciones de Europa y porque no se ha hecho un estudio correcto de alternativas adecuadas y conforme a la ley.
Ejecución provisional
¿Y sobre el futuro judicial de la cuestión? A este respecto lo tiene claro: «Quiero significar, que esta sentencia, tiene recurso de casación en el plazo de 30 días ante el Tribunal Supremo. He de decir, que en mi opinión, y así lo hare en la impugnación si recurren, esta resolución tiene muy difícil recurso. Y, en todo caso, solicitaré su inadmisión por el Tribunal Supremo por carecer de interés casacional objetivo. En todo caso, si recurre, solicitaré la ejecución provisional de la sentencia ante el TSJ en nombre de la Asociación que representa, para que suspenda la ejecución de cualquier obra entre tanto resuelva el Tribunal Supremo; sin perjuicio de todas las denuncias que hemos planteado ante diversos organismos que ya conocen».
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En suma, cree que la sentencia debe bloquear cualquier obra en la Vega, talado de arbolado y obligar a la Junta buscar la Junta una nueva ubicación.
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