Un cliente recupera más de 6.000 euros tras demandar a su banco por gastos hipotecarios «abusivos»

La nueva ley hipotecaria deja claro quién tiene que abonar los gastos derivados de la formalización de un préstamo o crédito

Viernes, 19 de mayo 2023, 14:20

Un juzgado de Alicante ha confirmado la abusividad y nulidad de diversas cláusulas relacionadas con los gastos hipotecarios en el préstamo hipotecario de un vecino ... alicantino. Estas cláusulas incluían la comisión de apertura, tasación, gastos notariales y registrales, así como los gastos de gestoría.

Publicidad

La entidad bancaria demandada se allanó a la declaración de nulidad de dichas cláusulas, excepto en lo referente a la restitución, argumentando prescripción. Sin embargo, la sentencia ha declarado nulas por abusivas todas las cláusulas mencionadas, lo que supone la recuperación de 6.224 euros a favor del cliente.

Además, la parte demandada ha sido condenada en costas, lo que implica que deberá asumir los gastos legales derivados del litigio.

Este fallo judicial se suma a la protección de los consumidores y refuerza la lucha contra las cláusulas abusivas en los contratos de préstamos hipotecarios. Desde Unive Abogados aseguran que se espera un pronunciamiento por parte de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que aplicará la reciente jurisprudencia comunitaria de marzo de 2023 y establecerá una doctrina armonizadora sobre la comisión de apertura. No obstante, son cada vez más los tribunales en toda España que ya están resolviendo satisfactoriamente este tipo de reclamaciones.

La Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario (LCCI), conocida también como la ley hipotecaria y que entró en vigor el 16 de junio de 2019, introdujo grandes novedades en el sistema hipotecario, una de ellas referente a quién asume los gastos derivados de la formalización de un contrato de préstamo o crédito. «No obstante, dicha ley no se aplica a todo contrato de esta índole, sino sólo a aquellos préstamos con garantía (hipotecaria o de otro tipo) sobre inmuebles de uso residencial, o préstamos (hipotecarios o no) para adquirir o conservar la propiedad de cualquier inmueble siempre que el prestatario, fiador o garante tenga el carácter de consumidor», tal y como recoge en su blog el Consejo General del Notariado.

Cristina García, letrada a cargo del caso, ha destacado la oportunidad que tienen los afectados por estos gastos hipotecarios de recuperar lo que han pagado de más mediante reclamaciones a las entidades financieras.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad