Semana Santa 2021: Excepciones para poder moverse entre provincias en Andalucía
Los desplazamientos por la Comunidad siguen prohibidos salvo en ciertas situaciones justificadas que puedan ser acreditadas
A algunos no le sorprendió la decisión mientras que otros vieron truncada su expectativa de disfrutar de una escapada aprovechando las vacaciones. Tras la ... última reunión del Comité de Expertos, la Junta anunciaba la semana pasada que la movilidad entre provincias continúa prohibida en Andalucía, con el objetivo de intentar frenar el avance de la cuarta ola del coronavirus. Las medidas adoptadas continuarán vigentes inicialmente hasta el 9 de abril, por lo que la Semana Santa está incluida.
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No obstante, es posible desplazarse por la Comunidad sin ser objeto de sanción en una serie de casos concretos y justificados, que son los siguientes.
Pruebas médicas o asistencia a centros sanitarios
Si hay que desplazarse por un motivo sanitario, se podrá realizar sin problema pero será necesario poder acreditarlo, para lo cual sirve el volante o la cita. Si el motivo sanitario no es en primera persona, habrá que enseñar el certificado del familiar en cuestión.
Cuidado de personas mayores
También se permite moverse si es necesario asistir o cuidar a personas mayores, menores, dependientes o discapacitados. En estos casos es la persona que se desplaza la que tiene que contar con algún documento que le permita hacerlo, como por ejemplo un certificado de dependencia
Obligaciones laborales
También está justificado viajar por motivos laborales. Para confirmarlo en caso de ser requerido, se deberá portar un documento en el que figure el motivo del desplazamiento, indicando el domicilio social de la empresa, la información del trabajador (sea autónomo o por cuenta ajena) y el servicio que se va a realizar.
Asistencia a clase o a exámenes
Está excusada asimismo la asistencia a clases o la realización de exámenes en una provincia distinta a la que se reside. En este caso solo puede desplazarse la persona interesada, sin acompañantes, y llevando una justificación.
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Vuelta al hogar
Si se da este caso, el DNI (siempre que esté en vigor y actualizado) es suficiente para poder realizar el viaje. En caso de tenerlo caducado o desfasado, conviene aportar el certificado de empadronamiento.
Otros casos
También están justicadas otras situaciones que puedan surgir, como por ejemplo:
-Ttener que recurrir a entidades financieras o de seguros así como a gasolineras.
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-Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial u otros trámitres administrativos imperiosos.
- Causa de fuerza mayor.
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