Turistas de 67 países llegarán desde mañana a la Costa del Sol con PCR negativa
Será la primera jornada de control en el aeropuerto exigiendo esta prueba diagnóstica para entrar al país, con el riesgo de ser multados quienes no cumplan con esta medida
Llegó el día. A partir de mañana todos los viajeros que procedan de un país de riesgo, un listado de 67, tendrán que contar con ... una PCR negativa 72 horas antes de viajar para poder entrar al país. Quienes no cumplan con la medida serán sancionados. Pero, quiénes, de qué países o cómo hacerlo son las principales dudas que asaltan a quienes tienen planes de regresar o visitar España a partir de dicha fecha. El Boletín Oficial del Estado (BOE) deja claro que serán todos los pasajeros procedentes de un país o zona de riesgo que pretendan entrar en España los que deberán disponer de esta PCR y que quienes no cumplan deberán someterse a la realización de la misma que establezcan los servicios de sanidad exterior y correr el riesgo de ser sancionados.
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Pero, ¿cuáles son los países considerados de riesgo? El primer listado de países y zonas a los que se exige a los pasajeros que proceden de ellos una PCR con resultado negativo incluye a países de la UE y el espacio económico europeo señalando a Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Greenland), Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada), Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega (excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark), Países Bajos, Polonia, Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores), Rumanía, Suecia, Liechtenstein y Eslovaquia. En estos casos, el BOE recoge como criterio de inclusión las zonas de riesgo de color rojo o gris, en base a los indicadores combinados según Recomendación del Consejo 2020/1475.
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En cuanto a los terceros países, el criterio es una incidencia acumulada superior a 150 por 100.000 habitantes en 14 días. Así el listado actual contempla a Albania, Andorra, Argentina, Armenia, Aruba, Bahréin, Belice, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Federación Rusa, Georgia, Gibraltar (Reino Unido), Guam, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Macedonia del norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa (Francia), Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín, Serbia, Suiza, Túnez y Ucrania.
El Gobierno recuerda que este listado de países o zonas de riesgo establecido, así como los criterios empleados para su definición, serán revisados cada quince días y su actualización será publicada en la web del Ministerio de Sanidad www.mscbs.gob.es y en www.spth.gob.es. Además, precisa que la actualización de las revisiones del listado de países o zonas se hará efectiva a los siete días de su publicación.
El BOE precisa que sólo se admite la PCR de Covid-19, señalando que mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea, no se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA). Los pasajeros deberán cumplimentar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web www.spth.gob.es, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH. Ya en el control documental que se realiza en los puntos de entrada, se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la PCR. El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, el nombre del viajero, número de pasaporte o del DNI, fecha de realización, identificación y datos del centro que realiza el análisis con resultado negativo.
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