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Imagen de archivo de un portero de discoteca. sur

El portero de discoteca de Fuengirola que pasaba cocaína envuelta en papel de caramelos

La Policía Nacional lo descubrió en un pase y ahora se acaba de ratificar su condena a cuatro años de cárcel por estos hechos

Miércoles, 19 de enero 2022, 00:23

Cuando lo cachearon, lo único que encontraron a simple vista fue que el portero de la discoteca del que sospechaban llevaba un montón de caramelos encima. Efectivamente, así era, pero dentro del envoltorio de la golosina había algo más. Hallaron cocaína y descubrieron así la fórmula con la que este hombre intentaba pasar desapercibido para la policía.

Los hechos tuvieron lugar a finales de marzo de 2019. La Policía Nacional había montado un dispositivo de vigilancia en la puerta del pub en el que trabajaba este hombre como controlador de acceso, ya que habían recibido unas informaciones en las que se indicaba que podía estar traficando.

Una dotación de agentes camuflados observó perfectamente lo que parecía ser un pase de droga. Pararon al comprador cuando se retiró de la discoteca y procedieron a identificarlo. El joven llevaba un caramelo, en cuyo envoltorio, además de la golosina, había cocaína.

Tras ello, los policías nacionales procedieron a la detención del sospechoso. El portero llevaba encima diez envoltorios más de caramelos, que contenían la misma sustancia estupefaciente.

Estaban cuidadosamente preparados. Se había abierto el envoltorio del caramelo por uno de sus extremos para introducir la cocaína. Una vez con la droga y el caramelo dentro, se volvía a cerrar con una cinta adhesiva de celofán.

En el registro del domicilio de este hombre, los investigadores encontraron hasta 52 envoltorios más de este tipo. Todos contenían el caramelo y cocaína dentro. Además, se intervinieron en la vivienda, situada en Mijas, otras sustancias estupefacientes como hachís y MDMA.

Por todo ello, el portero de discoteca fue condenado en mayo de 2021 a cuatro años de cárcel como autor de un delito contra la salud pública y a una multa de 5.000 euros. Se aplicó la circunstancia atenuante de drogadicción, ya que quedó demostrado que el procesado es adicto al consumo de cocaína y alcohol, habiendo llegado incluso a recibir tratamiento por ello.

Tras recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los magistrados del Alto Tribunal andaluz acaban de emitir una resolución en la que desestiman sus argumentos. La condena impuesta por la Audiencia Provincial acaba de ser ratificada íntegramente.

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