Dos años de cárcel por maltratar a su pareja y amenazarla con tirarla por el balcón en Benalmádena
El acusado, nacido en Finlandia y con antecedentes penales cancelables por violencia de genero, tenía una relación sentimental con la víctima desde hacía 16 años
Europa Press
Domingo, 29 de junio 2025, 13:07
La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre por maltratar a su pareja y por amenazarla al hacer ademán de tirarla por el balcón, ... lo que generó en la mujer «temor de que corriera su vida peligro». Así, se le impone la pena de dos años de prisión.
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Los hechos sucedieron en septiembre de 2018. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, nacido en Finlandia y con antecedentes penales cancelables por violencia de genero, tenía una relación sentimental con la víctima desde hacía 16 años.
Estaban casados y convivían en una vivienda de Benalmádena. El día de los hechos, el hombre mantuvo una fuerte discusión con su pareja en el curso de la cual, «con animo de menoscabar su integridad física la agarró fuertemente del brazo derecho», según la resolución.
Asimismo, señala la sentencia, «a fin de amedrentarla hizo ademán de tirarla por el balcón generando gran desasosiego ante el temor de que corriera su vida peligro». Como consecuencia de esto, la mujer sufrió lesiones en una mano. Ella ha renunciado expresamente a toda indemnización.
Delito de lesiones y amenazas
Por estos hechos, se condenó al hombre por un delito de lesiones cometidas en el ámbito de la violencia de genero a la pena de nueve meses de prisión y se le impuso la prohibición de aproximarse a la víctima durante tres años y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años.
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También se le condenó por un delito de amenazas con la circunstancia que agrava la pena de parentesco, y se le impuso la pena de 15 meses de prisión y la prohibición de aproximarse a ella durante otros tres años más.
El acusado mostró su conformidad con la acusación formulada por el fiscal, al igual que la defensa del procesado, por lo que no fue necesaria la continuación del juicio y se dictó sentencia en términos de conformidad in voce, declarándose en el mismo momento firme.
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Además, se acordó dejar sin efecto la medida cautelar acordada relativa a la prohibición de la salida de territorio nacional y presentaciones los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado, así como la retirada de pasaporte, que se le devolvió.
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