Condenan a los padres de la bebé a la que quemaron el 42% del cuerpo con agua hirviendo: 16 años de cárcel para él y 4 para ella
La Audiencia de Málaga ha considerado a su progenitor culpable de los delitos de malos tratos, violencia doméstica y lesiones, mientras que a su madre solo de los dos primeros
Solo tenía 47 días de vida cuando su madre la llevó al Hospital Materno Infantil de Málaga con quemaduras de segundo grado profundas que ocupaban ... el 42% de su superficie corporal. Según sentencia la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, fue el padre de la menor quien le ocasionó las graves lesiones tras sumergirla en agua hirviendo: durante hora y media si estaba a 45 grados o 17 segundos si estaba a 55. No obstante, este no fue el único episodio de malos tratos que sufrió tanto la pequeña como su hermana.
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El escrito, al que ha tenido acceso este periódico, enumera asimismo otras lesiones que le causaron los procesados a la bebé, que también padecía desnutrición marcada y deshidratación leve-moderada, durante los primeros días de vida. En consecuencia, la pequeña necesitó ser ingresada 90 días en tres ocasiones distintas, de los que 22 fueron en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) pediátrica. Tras el alta, ha continuado en revisión traumatológica, digestiva, cirugía plástica y rehabilitación.
Aunque todavía no es posible precisar las secuelas, la Audiencia asegura que el perjuicio estético por las quemaduras «será importantísimo». Además, las zonas abrasadas, describe el tribunal, han originado retracciones en algunas articulaciones, siendo especialmente graves las que afectan a la extremidad inferior izquierda, que han requerido tratamiento quirúrgico y que «no presentan buena evolución».
Con anterioridad a estos hechos, los facultativos del Hospital de la Axarquía le apreciaron a la primera hija de la pareja, una menor de dos años entonces, dos lesiones en la zona anterior del muslo izquierdo compatibles con quemaduras de cigarrillos. Según la sentencia, causadas por sus padres de mutuo acuerdo.
«Bebé se quema, bebé pupa»
Como consecuencia de estas lesiones, se inició un procedimiento de desamparo provisional acordado por el Servicio de Protección de Menores y se acordó un informe psicológico de la menor para determinar si presentaba síntomas de una víctima de maltrato habitual. A pesar de que no fue posible determinarlo debido a su grado de madurez, la madre de acogida manifestó que llegó asustada y con temor a cualquier nuevo acontecimiento, «agachándose y cubriéndose la cabeza». También aseguró que tenía terrores nocturnos diciendo «bebé se quema, bebé pupa».
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De esta manera, la Audiencia de Málaga ha condenado al progenitor a 16 años de cárcel por su responsabilidad en los siguiente delitos: malos tratos habituales (tres años), violencia doméstica con la agravante de alevosía (un año) y lesiones con las agravantes de parentesco y alevosía (12 años). Asimismo, se le impone la obligación de aproximarse a menos de 500 metros del lugar en el que se encuentre la menor y comunicarse con ella por cualquier medio durante 19 años.
En cuanto a la madre, el tribunal ha dictaminado que es solo responsable de los dos primeros ilícitos, quedando así absuelta del delito de lesiones que le fue atribuido por el Ministerio Fiscal, por lo que su pena no asciende al lustro.
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