La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación SUR.ARCHIVO
Código Civil

Claves de la Ley de Bienestar Animal: las mascotas como seres «sintientes»

Los animales dejan de ser «cosas» y los jueces tendrán que velar por su bienestar en casos de divorcio

Jueves, 6 de enero 2022, 18:58

Los animales han dejado de ser «cosas» a partir del pasado miércoles y pasan a considerarse seres vivos «sintientes», con la entrada en vigor de ... la proposición de Ley que modifica al mismo tiempo el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil en lo relativo al régimen jurídico de los animales.

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El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente esta proposición de Ley del PSOE el pasado 2 de diciembre y el 16 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Según el artículo 2 del Código Civil, las leyes entran en vigor a los 20 días de su completa publicación en el BOE, si en ellas no se dispone otra cosa.

La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación o divorcio a la hora de concretar el régimen de convivencia, custodia, cuidado de estos, régimen de visitas y será el juez el encargado de decidir a quién entregar el cuidado de estos en función de su bienestar.

Además, incorpora este concepto a la hora de decidir en situaciones de herencia, sucesión, por lo que el juez se encargará de fijar el destino de un animal en caso de fallecimiento de su propietario, atendiendo a su bienestar.

Asimismo, atendiendo a la concurrencia entre los malos tratos a animales con la violencia doméstica, de género, el maltrato y el abuso sexual infantil, incluye la limitación de la guardia y custodia en los casos en que haya antecedentes por maltrato animal ejercida como forma de violencia o maltrato psicológico de estos.

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«Absolutamente inembargables»

La reforma de la Ley hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, establece que a partir de ahora los animales serán «absolutamente inembargables» de acuerdo con el vínculo de afecto con su familia. Esto supone, por ejemplo, que cuando un juez dicta un embargo de bienes, solo podrá llevarse lo embargable, entre lo que ya no estarán incluidos los animales, que quedarán al cuidado de su familia.

Por otro lado, en caso de accidente, los animales ya no quedarán abandonados, como una maleta, sino que tendrán que ser atendidos.

En concreto, según la norma, se adecúa el Código Civil a la «verdadera naturaleza» de los animales, de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos«, para lo que se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía.

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Maltratadores de animales pueden perder la custodia de sus hijos

Las personas que hayan sido condenadas o tengan un proceso abierto por maltrato a un animal podrán perder la custodia de sus hijos en caso de separación o divorcio, según recuerdan los abogados de familia.

«Es muy importante la concurrencia de malos tratos a los animales y la violencia de género y del maltrato y abuso sexual infantil, en el sentido de que se limita la guardia y custodia de los hijos si había antecedentes de maltrato animal», ha explicado la presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), Mariló Lozano.

Así, ha precisado que «puede no darse una situación de violencia contra los niños o contra la pareja pero el maltrato animal es una forma de violencia hacia la familia». De esta forma, si una persona maltrata y mata a su mascota, esto sería «un impedimento total para tener la custodia de sus hijos o la custodia compartida» en un caso de separación o divorcio.

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