
¿Puede haber procesiones el Sábado Santo?
Francisco José González Díaz
Sábado, 30 de marzo 2024, 00:02
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Francisco José González Díaz
Sábado, 30 de marzo 2024, 00:02
El pregonero de 2024, Augusto Pansard, reclamó un Sábado Santo con cofradías. Y no le falta razón ya que, antes de la reforma litúrgica promovida ... por el decreto Maxima Redemptionis, de Pío XII, de 19 de noviembre de 1955, la Misa de la Cena del Señor se movió de la mañana a la tarde del Jueves Santo y la liturgia del Viernes Santo se trasladó de manera similar a la tarde, dejando para la mañana el ejercicio de las Siete Palabras así, el sábado pasa de ser de 'gloria' a ser 'santo'. Por esta razón –siendo un día de luto que culmina con celebración de la vigilia pascual a media noche–, es una jornada propicia para procesionar imágenes pasionistas.
Los obispos del sur de España en su carta pastoral titulada 'Las Hermandades y Cofradías' (1989) afirman con contundencia que las procesiones que permiten a los fieles contemplar los Misterios de la Pasión de Cristo y los Dolores y Soledad de la Virgen María pueden ser muy adecuadas también el Sábado Santo, una jornada en la que, siguiendo el misal romano, «la Iglesia permanece junto al sepulcro del Señor, meditando su Pasión y Muerte». Esta propuesta se efectúa siempre que no se impida ni se dificulte la participación de los fieles y de los propios cofrades en la vigilia pascual.
En caso de darse esta dificultad, sería conveniente que las hermandades-cofradías afectadas revisaran el hecho, pudiendo incluso contemplar la posibilidad de trasladar su salida procesional a otra jornada de la Semana Santa, dada la importancia central que tiene la citada vigilia para la vida de la comunidad cristiana. Son, por tanto, los propios prelados quienes trasladan a las corporaciones penitenciales la posibilidad de valorar su salida en sábado santo. Consecuentemente y partiendo de recomendación realizada hace casi 30 años, no existe impedimento alguno para que las hermandades y cofradías que lo deseen puedan realizar sus estaciones de penitencia en dicha jornada.
Hace unos meses, Manuel Luna escribía en ABC de Sevilla un artículo titulado 'El Sábado Santo, la asignatura pendiente de las Semanas Santas andaluzas'. En el explicaba que «hay ciudades como Málaga en las que no están permitidas las estaciones de penitencia por decreto del Obispado y otros casos como el de Jerez de la Frontera donde se ha revitalizado esta jornada de reflexión ante Cristo Yacente». En puridad, no existe ordenanza alguna de ningún prelado malacitano que prohíba las estaciones de penitencia. De hecho, en Arriate, pueblo de la propia diócesis, los jesuistas procesionan al Santo Entierro de Cristo en esta jornada. Con lo cual, lo que está consentido para unas localidades no puede estar prohibido para las demás de no mediar una razón grave que así lo indique.
Es cierto que no en todas las ciudades andaluzas hay procesiones el Sábado Santo. Salvo Sevilla y Jerez, que es donde más cortejos procesionales concurren, en otros lugares, como Granada, solo procesiona una cofradía –la de Santa María de la Alhambra–. Tanto en la capital hispalense como en la jerezana, los cortejos procesionales salen a la calle a partir de la reforma citada por Pío XII. No obstante, en esta última, dejó de hacerse desde su erección como diócesis independiente en 1980, retomándose las prácticas procesionistas en 2023.
Curiosamente, en Málaga, el cardenal Herrera Oria promovió el 'pésame' a la Dolorosa de Servitas durante la madrugada del sábado santo en la catedral entre 1957 y 1967. La imagen titular de la orden tercera, al concluir su paso por el itinerario oficial en la noche del Viernes Santo, se recogía en la seo, acompañándole los fieles hasta la noche del sábado, instante en la que regresaba procesionalmente a su sede canónica: la parroquia de san Felipe Neri. Antonio Guadamuro, en su pregón de 2016, se refirió a este hecho, reclamando su recuperación.
Por su parte, la congregación de Mena celebraba desde mediados del siglo XVIII una 'Misa de Privilegio' el Sábado de Gloria, por especial concesión de Benedicto XIV, a raíz de la intercesión de la Virgen de la Soledad en el salvamento de la tripulación de una fragata de la Armada española. Al llevarse a cabo la comentada reforma litúrgica, la celebración en sí carecía de sentido, siendo sustituida por un acto de pésame a María, acompañándola en su soledad junto al sepulcro de su hijo y concluyendo con una ofrenda floral del citado cuerpo militar.
Desde la legalidad canónica y al amparo de las directrices litúrgicas, el Sábado Santo es un día hábil para que las hermandades y cofradías procesionen a sus sagrados titulares. De manera especial, a aquellas iconografías que remiten a la muerte de Cristo en la cruz, la colocación de su cuerpo inerte en el sepulcro o en los brazos de su madre; al igual que las que recuerdan la soledad de María. En definitiva, misterios que estén contemplados en sus reglas y previstos en los reglamentos de los respectivos consejos o agrupaciones locales. En Málaga, el mandato estatuario de las cofradías del Descendimiento y Santa Cruz, así como el deseo público de otras –aunque no refrendado en cabildos–, indica el interés de determinadas corporaciones en procesionar en Sábado Santo. Una circunstancia que, salvando el veto existente, descargaría también las jornadas previas, masificadas de cortejos –que igualmente prevén ampliarse a futuro con la incorporación de nuevas cofradías–. Se completaría así una Semana Santa que ha crecido de forma exponencial en las últimas décadas que preludiaría el Domingo de Resurrección con un día de marcada esencia fúnebre.
(Francisco José González Díaz es doctor en Derecho y en Derecho Canónico)
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