El TC sabrá la posición del tribunal europeo con Puigdemont antes de resolver la amnistía
El pleno, con los votos en contra de los magistrados conservadores, acuerda tramitar el recurso del líder de Junts contra la decisión del Supremo de mantener la malversación
El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por mayoría del bloque progresista el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont ... contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarle el delito de malversación por el que está procesado en la causa del 'procés', motivo por el cual sigue vigente una orden de detención nacional que le impide regresar a España.
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Los magistrados de la corte de garantías, con la oposición de cuatro integrantes del sector conservador, también han admitido los amparos solicitados por los exconsejeros catalanes Lluís Puig y Antoni Comín. Una circunstancia que supondrá que se estudie el fondo de la decisión de la Sala Segunda (Penal) del Supremo de no aplicar la ley que supuso el borrado penal de la causa. Por su parte, los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías entienden que los recursos no tienen relevancia constitucional para su supervisión.
Estaba previsto que el pleno del TC adoptara esta decisión en la sesión anterior, pero se retrasó por la ristra de recusaciones lanzadas contra varios magistrados -el presidente Cándido Conde-Pumpido y los citados Arnaldo, Espejel y Macías- para intentar apartarles de las deliberaciones sobre estos recursos. Unas solicitudes que fueron rechazadas por unanimidad.
De esta forma, la corte de garantías ya ha admitido a trámite todos los amparos planteados hasta ahora contra la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía a la malversación del 'procés', al considerar que estos hechos encajan en dos excepciones contempladas por la propia norma para no aplicarla: que haya «un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial» y afectación a los intereses económicos y financieros de la Unión Europea.
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El Constitucional ya acordó tramitar los amparos formulados por el exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los ex consejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. No obstante, antes de que se dicten estas sentencias la corte conocerá el próximo 13 de noviembre la postura del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por varios tribunales españoles y otros organismos sobre la aplicación de la norma y su compatibilidad con el derecho comunitario. Será una buena piedra de toque para conocer el recorrido que tendrán estos recursos en el seno del TC.
Medidas cautelares
Una vez admitidos a trámite, quedan dos decisiones más del TC en relación con estos amparos. Por un lado, las medidas cautelares, ya que Junqueras y los demás condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 pedían que se les levantara la pena de inhabilitación para cargo público hasta 2031 por su condena en el 'procés'; y Puigdemont y Comín, para que se revocaran las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos.
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Las fuentes jurídicas consultadas avanzan que, si bien es habitual que se interese este tipo de medidas cautelares, es raro que se concedan, por lo que auguran que serán rechazadas, ya sea en un trámite propio -en el marco de piezas dedicadas únicamente a ventilar estas peticiones- o incluso directamente en las sentencias que se dicten en su día.
Esos fallos sobre los recursos de amparo, resolviendo sobre si el Supremo debió amnistiar la malversación del 'procés', son el gran asunto pendiente en el Constitucional respecto a esta ley desde que el pasado junio dictó su primer fallo sobre la norma para avalarla en su mayor parte. Será entonces, según explican las citadas fuentes, cuando el TC entre de lleno en el análisis de la malversación y la ley de amnistía y aclare el futuro inmediato de Puigdemont y Junqueras. Pero antes, en el Pleno de esta semana, hará una primera aproximación a este delito en la sentencia que dictará por el recurso de inconstitucionalidad presentado por las Cortes de Aragón.
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