Al-Thani, en el palco de La Rosaleda hace varias temporadas. SUR

La jueza abre juicio oral contra los Al-Thani y cinco exdirectivos y el caso se verá en la Audiencia Provincial

En cuanto a la responsabilidad civil, impone el pago de forma solidaria en un plazo de un día de una fianza de más de 14 millones de euros o se procederá al embargo de bienes del valor de esa cantidad

Miércoles, 25 de junio 2025, 10:31

La jueza María de los Ángeles Ruiz González ha enviado a juicio a los Al-Thani y a cinco exdirectivos del Málaga en un auto ... de apertura de fase oral. La otra novedad importante es que el caso se verá en la Audiencia Provincial, algo que podría llegar a dilatar el proceso.

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En la parte dispositiva del auto «se acuerda la apertura del juicio oral y se tiene por formulada acusación» contra Abdullah Al-Thani, Nasser Al.Thani, Rakan Al-Thani y Nayef Al-Thani, además de los exdirectivos Moayad Shatat, Vicente Casado, Manuel Novo, Roberto Cano y Joaquín Jofre, además de contra las mercantiles NAS Football y Nassir ben Abdullah And Sons como responsables civiles subsidiarios por un delito continuado de administración desleal, uno de apropiación indebida y otro de imposición de acuerdos abusivos. Por estos presuntos delitos, el Ministerio Público solicita una pena conjunta de 14 años de prisión para la familia Al-Thani.

Asimismo, en cuanto a la responsabilidad civil, se requiere a los Al-Thani y a los cinco exdirectivos para que en el plazo de un día presenten la fianza millonaria (que asciende a más de 14 millones, tras elevarse en un 30% "de conformidad con lo dispuesto en el art. 589 LECrim") o de lo contrario se procederá el embargo de bienes en cantidad suficiente para cubrir esa suma.

Las fianzas, por diferentes conceptos, ascienden a más de 14 millones de euros tras elevarse el importe un 30% de conformidad a la Ley Criminal

La magistrada del juzgado nº14 de Málaga aclara en el auto que la fianza debe constituirse en efectivo ingresado en una cuenta bancaria del Santander o mediante "aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca", o "por cualquier otro medio que a juicio de este Juzgado garantice la inmediata disponibilidad".

También especifica que "para el caso de que la persona acusada no preste la fianza en su totalidad y en el plazo y forma exigidos, se acuerda requerir a la entidad NAS FOOTBALL SLU, para que preste fianza por 4.192.488,3 euros para garantizar la responsabilidad civil subsidiaria" y "a la entidad NASSIR BIN ABDULLAH AND SONS SL, para que preste fianza por 726.700 euros para garantizar la responsabilidad civil subsidiaria".

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En el desglose de cantidades de la fianza, 726.700 euros corresponden al «dinero apropiado por la compra de vehículos»; 4,1 millones, «por el importe del dinero ilícitamente apropiado por NAS Football que se disimuló con el primer contrato de ‘préstamo’; 216.780 euros de cantidades apropiadas por Rakan Al-Thani; 9.200 euros por lo ilícitamente dispuesto para Nasser Al-Thani; 1,7 millones «por el importe del dinero ilícitamente apropiado por NAS Football que se disimuló con el segundo contrato de ‘préstamo’»; 360.000 euros por lo ilícitamente dispuesto por Nasser Al-Thani en un préstamo; 133.253 por cantidades apropiadas por Nayef; más de 3,1 millones por rentas y gastos de la vivienda Villa Panorama de los Al-Thani; 1,7 millones por una vivienda en la calle Marcos de Obregón, y 276.000 por una casa en Benahavís.

Entre los exdirectivos, para Shatat, Novo y Casado el importe de fianza que han de asumir de forma solidaria es menor que el de los Al-Thani, Jofre y Cano. Las sumas para ellos llegan a 7,5 millones.

La jueza hace también un inciso sobre la comunicación de este auto a los interesados: "Notifíquese esta resolución a las partes y a los encausados que no tienen representación haciéndose entrega de copia literal de los escritos de acusación, requiriéndoles para que designen abogado y procurador, en el plazo de tres días, con el apercibimiento de serle nombrados de turno de oficio en su caso".

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El auto de apertura de fase oral la jueza vuelve a ratificar la administración judicial del Málaga, que comenzó en febrero de 2020

También reclama que "se proceda a la traducción del presente auto de apertura de juicio oral al idioma árabe para su notificación, vía comisión rogatoria, a los querellados con residencia en Qatar, junto con Auto procedimiento Abreviado, escritos de acusaciones, y Autos de embargo".

Finalmente, especifica que "contra este auto no cabe recurso alguno, excepto en lo relativo a la situación personal, pudiendo el acusado reproducir ante el órgano de enjuiciamiento las peticiones no atendidas".

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En otro de los puntos la jueza ratifica al administrador judicial del Málaga, José María Muñoz hasta nueva fecha: "Se ratifica la medida cautelar de Administración Judicial de MALAGA y NAS Football S.L, acordada por auto de fecha 19/02/2020, y la medida cautelar de Administración Judicial de NAS SPAIN 2000 y NASSIR ABDULLAH BINS AND SONS, S.L, acordada por auto de fecha 20/10/2020, que obra en la Pieza Separada de Administración Judicial 3272.04/19", por lo que el Málaga CF seguirá bajo administración judicial hasta nuevo aviso".

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