En caso de cierre perimetral los desplazamientos deben estar justificados. Ñito Salas. archivo

¿Qué puedo hacer y qué no si mi municipio está cerrado?

El incumplimiento de las normas fijadas puede acarrear sanciones que van desde los 100 hasta los 600.000 euros

Martes, 19 de enero 2021, 20:44

No hay otra. El aumento disparado de los contagios en Málaga ha provocado que se tenga que plantear el cierre perimetral de sus municipios. Esto ... se debe a que casi la mitad de la provincia registra una tasa de positivos superior a los 500 casos por cada cien mil habitantes en los últimos catorce días. Ese es el límite fijado por la Junta de Andalucía para poner en marcha esta medida, que en la práctica se traduce en que que nadie puede entrar ni salir de las localidades afectadas salvo por causa justificada. De este modo, Málaga capital junto a Benalmádena, Rincón de la Victoria, Mijas, Fuengirola, Estepona, Cártama, Marbella, Campillos, Alfarnatejo, Carratraca, Tolox y Manilva han sido los últimos en unirse a esa lista negra, según informa Alberto Gómez

Publicidad

Se unen de este modo a otros 35 localidades que son: Villanueva del Rosario, Mollina, Cañete la Real, Villanueva del Trabuco, Alcaucín, Alfarnate, Sayalonga, Comares, Vélez-Málaga, Algarrobo, Canillas de Albaida, Arenas, Álora, Alhaurín de la Torre, Manilva, Moclinejo, Gaucín, Faraján, Genalguacil, Ronda, Benarrabá, Teba, Almargen, Alameda, Salares, El Borge, Benamocarra, Alfarnatejo, Monda, Ardales, Coín, Alhaurín el Grande, Igualeja, Cartajima y Algatocín.

A partir de ahora, la Junta actualizará el paquete de limitaciones cada lunes y jueves para notificar el aislamiento durante 14 días de los municipios que vayan superando dicha barrera de contagios. Esta es una de las principales novedades de las nuevas restricciones puestas en marcha por el Ejecutivo andaluz, que obliga de nuevo a comercio y hostelería a cerrar a las seis de la tarde. Junto al límite de cuatro personas para reuniones en hogares y restaurantes, también destacada la prohibición de movilidad entre provincias, salvo que exista una causa que justifique el desplazamiento. En caso de no acatar estas órdenes se podrán imponer sanciones, que varían según la gravedad de la falta y de su incidencia en otras personas.

Así, el Consejo de Gobierno aprobó un decreto ley que fija el régimen sancionador ante el incumplimiento. Esta resolución distingue tres tipos de infracciones y, por tanto, tres niveles de multas: muy graves, graves y leves. Las peores implicarán una sanción de entre 60.001 y 600.000 euros; las intermedias, una multa de entre 3.001 y 60.000 euros; y las más livianas, un castigo de entre 100 y 3.000 euros.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad