Prohibidos los rótulos chillones desde este miércoles en Málaga
Entra en vigor la nueva ordenanza de instalaciones publicitarias que obligará a los negocios a unificar la estética de los carteles
Málaga acaba de prohibir la instalación de rótulos chillones en la ciudad. El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó ayer la nueva ordenanza de ... rótulos e instalaciones publicitarias, un texto que regulará a partir de este miércoles las instalaciones publicitarias para garantizar el equilibrio entre la publicidad y el paisaje urbano.
Publicidad
El texto prohíbe de forma expresa las instalaciones publicitarias de cualquier tipo en edificios que cuenten con algún tipo de protección; la colocación de carteles, pegatinas o etiquetas sobre los paramentos de los edificios, locales, vallas o muros; y las instalaciones que puedan comprometer la visibilidad o seguridad de los viandantes o del tráfico.
El documento, que ya ha entrado en vigor, cuenta con un periodo de adaptación de seis meses. Obliga, entre otros, a que los rótulos luminosos no distorsionen el entorno en el que se encuentran «o menoscaben la contemplación del edificio donde se ubica».
Noticia relacionada
Málaga declara la guerra a sus rótulos más chillones
La nueva ordenanza determina las condiciones que deben reunir los rótulos en función de la zona de la ciudad en la que se ubiquen. En el Centro Histórico ya están completamente prohibidos los rótulos en las plantas altas de los edificios (salvo que sean de uso exclusivo), la instalación de publicidad en escaparates o la colocación de pantallas led en las fachadas. Además, deberán ser de colores neutros y acorde con el entorno.
La nueva ordenanza también regula la instalación de toldos, que deberán tener un color acorde con el entorno, deberán ser plegables, de lona o tejidos similares y no podrán tener elementos laterales verticales. En las calles peatonales o con acera y tráfico rodado tendrán un vuelo máximo de 1,50 metros. Con independencia de lo anterior, «se respetará una banda central en la calle de 1,50 metros libres para la circulación de los peatones».
Publicidad
La nueva ordenanza contempla a partir de ahora de un plazo de entre seis meses y tres años para que los establecimientos afectados se adapten a la normativa. En concreto, los elementos de escaso coste económico y las instalaciones fácilmente desmontables deberán ser retiradas en el plazo de seis meses.
De forma excepcional, cuando dicha instalación sea el único elemento identificativo del negocio o actividad, y para adaptarse a la ordenanza deba ser retirada sin posibilidad de cambio de ubicación, los afectados tendrán un plazo de un año para adaptarse.
Publicidad
Por último, cuando los rótulos o instalaciones deban ser retirados o modificados y para ello sea necesario realizar obras en el establecimiento o en su fachada, deberán hacerlo en el plazo de tres años.
Sustituye a la ordenanza de 1999
El nuevo documento da cabida y regula los medios e instalaciones de publicidad que han surgido en los últimos años y que la ordenanza en vigor, que data de 1999, no contempla. Además, agiliza los trámites, de modo que la mayoría de solicitudes quedan exentas de licencia urbanística, aunque sujetas a la presentación de una declaración responsable o comunicación.
Publicidad
La modernización de la norma en vigor hasta ahora también permitirá incluir los nuevos medios e instalaciones de publicidad que han surgido por el avance de la tecnológica y la agilización de los trámites que hacen posible su instalación. Así, se incluye en el apartado de instalaciones publicitarias los rótulos identificativos de los negocios para asegurar la necesaria protección visual del viandante y del espacio público, que en la actualidad se regula a través del Plan General de Ordenación Urbana de forma poco precisa.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión