Málaga limitará los grandes anuncios en edificios
La nueva ordenanza que ultima Urbanismo prohibirá el uso de andamios como soportes publicitarios, aunque se permitirán imágenes que recreen el propio inmueble u otros escenarios
El Ayuntamiento de Málaga pretende darle un giro a la instalación de publicidad en toda la ciudad regulando las características y tipología de los rótulos ... que los negocios podrán poner según la zona de la capital en la que se encuentren. También se pondrá especial celo en reducir el impacto visual en edificios protegidos y en el Centro Histórico. Pero el aspecto más llamativo de la nueva ordenanza de rótulos e instalaciones publicitarias que ultima la Gerencia Municipal de Urbanismo es que restringirán los grandes anuncios que tapan las fachadas de edificios que están en obras.
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De partida, con la nueva norma que actualizará la vigente desde 1999, la colocación de grandes lonas publicitarias cubriendo los andamios estará prohibida de forma genérica. Aunque habrá excepciones. Para hacerse una idea, no se permitirán los habituales carteles que tapan toda la fachada para promocionar una bebida, pero sí se autorizará que sobre las estructuras puedan ser desplegadas imágenes que recreen el propio edificio u otros escenarios.
«Los andamios no pueden convertirse en envoltorios para anunciar una marca de whisky»
raúl lópez. concejal de ordenación del territorio
En este sentido, un buen ejemplo podría ser el de la rehabilitación del Palacio de la Aduana, que durante las obras estaba cubierto por una lona que recreaba el resultado final de los trabajos. En el otro extremo, el que se quiere evitar, figuran los andamios cubiertos con un anuncio de una bebida alcohólica.
«Por norma general, estará prohibido. Los andamios no pueden convertirse en envoltorios y en soportes publicitarios para anunciar una marca de whisky, por ejemplo», afirma el concejal de Ordenación del Territorio, Raúl López, quien sin atreverse a ponerle fecha a su entrada en vigor, sí que avanza que la modificación de la ordenanza, cuya tramitación comenzó hace un año, se encuentra en su recta final. Una vez incorporado el régimen sancionador, actualmente se está trabajando en la adaptación del texto a los términos de la Ley de Impulso de la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) que entró en vigor a finales de año.
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Carteles en las cubiertas
En la misma línea, también se pretende regular la colocación de carteles en las cubiertas de edificios, una práctica que reporta claros beneficios a las comunidades de propietarios. No se va a impedir, pero sí que se controlará que sus dimensiones sean «razonables».
El sentido común y la mesura es el objetivo en esta nueva normativa. Por ello, también quedará regulado el tamaño y la ubicación de la cartelería de los negocios, especialmente en el Centro Histórico, que está catalogado como Bien de Interés Cultural. De igual modo, se pretende impedir que un local tape completamente su fachada o su escaparate con publicidad ajena. «Una cosa es tener un escaparate y otra bien distinta taparlo para poner un anuncio», precisa el edil.
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Plazos para retirar los rótulos
Cuando entre en vigor la nueva ordenanza, estas medidas serán de aplicación inmediata para los nuevos anuncios, pero se aplicará una moratoria para los ya instalados. Así, se concederá un margen de seis meses para la retirada de carteles, pegatinas y otros elementos de bajo coste económico, así como para quitar instalaciones que sean fácilmente desmontables. Si estas fueran el único elemento identificativo del negocio podría ampliarse hasta un año y, en el caso de requerir la realización de obras en el inmueble, el plazo podría llegar hasta los tres años.
Al margen de estas restricciones, la actualización de la ordenanza también va a abrir la puerta a nuevos formatos publicitarios como los anuncios digitales o las pantallas dinámicas. Y en el apartado burocrático, va a suponer una agilización en la tramitación de las autorizaciones para la colocación de cualquier tipo de publicidad visible desde la vía pública. En vez de ser necesaria la obtención de la previa y preceptiva licencia urbanística, bastará con la presentación de una declaración responsable del titular y posteriormente será la GMU la que compruebe que se ajusta a la normativa.
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