Antonio Vegas, en una imagen de archivo

Absuelven al exalcalde de Villanueva del Trabuco de maltratar a su expareja

La mujer, que entonces era jefa de la Policía Local en el municipio, ha sido condenada por agredir al exregidor

Juan Cano

Jueves, 4 de agosto 2016, 13:57

El Juzgado de lo Penal número 13 de Málaga ha dictado sentencia sobre las denuncias cruzadas entre el exalcalde de Villanueva del Trabuco, el socialista ... Antonio Vegas, y su expareja, Carolina Muñoz, que era entonces jefa de la Policía Local en el municipio. Ambos se acusaban mutuamente de malos tratos; la sala ha decidido absolver al exregidor y condenar a su exnovia.

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La sentencia, a la que ha tenido acceso SUR, impone a la mujer la obligación de realizar 33 días de trabajo en beneficio a la comunidad por un delito de malos tratos en el ámbito doméstico o, si la condenada no acepta esta medida, la pena de tres meses de prisión, además de la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de Antonio Vegas y una indemnización de 110 euros. No obstante, la magistrada absuelve a la exjefa de Policía Local del delito de malos tratos habituales y de la falta de vejaciones de las que se le acusaba.

La sala declara probado que ambos mantuvieron una relación sentimental durante un periodo de un año. Los hechos a los que hace referencia la sentencia sucedieron la madrugada del 3 de julio de 2011, cuando la entonces pareja se encontraba en la plaza de la Mezquitilla, en Benalmádena. Según el fallo, se inició una discusión entre ambos al encontrar Carolina unos mensajes y llamadas en el teléfono móvil del exalcalde con una tercera persona.

En la discusión, Carolina Muñoz propinó a Antonio Vegas "varios golpes y tortazos en el rostro", según la jueza. Como consecuencia de estos hechos, el exregidor sufrió contusiones en la pirámide nasal y en la región mandibular, de los que tardó en curarse tres días. Por el contrario, no queda acreditado, según la sentencia, que él agrediera a su expareja, que lo acusaba de propinarle empujones, ni tampoco de las lesiones que ella aludía, esto es, lesiones en un antebrazo y una crisis de ansiedad. Tampoco se ha podido demostrar que durante la relación se hubiesen maltratado mutuamente ni que hubiera intentado ejercer uno sobre otro una situación de control y abuso de superioridad.

La sala se apoya, entre otras pruebas practicadas, en el testimonio de un testigo presencial de la discusión, un taxista (que fue quien llamó a la policía) que declaró durante el juicio que fue ella quien lo agredió a él, y no al revés, según recoge la resolución judicial.

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