El aviso de la Agencia Tributaria a los jubilados mutualistas: deberán de volver a realizar este trámite
Hacienda ha remitido unas cartas a modo de recordatorio con los pasos a dar para poder cobrar dicha cuantía, que ronda los 4.000 euros
El Congreso aprobó la pasada semana semana que Hacienda abone íntegramente el importe que tiene que pagar a los pensionistas de las antiguas mutualidades. Una ... sentencia del Supremo ha hecho que el Ministerio de Economía haya tenido que dar marcha atrás en su intención de devolver dicha cuantía a plazos hasta 2028. ¿Qué implica dicho cambio? Para empezar, los mutualistas jubilados que cotizaron entre 1967 y 1978 y sufrieron una doble tributación por fin recibirán las aportaciones entregadas por error. Como recogió el pasado viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), las devoluciones correspondientes a los ejercicios fiscales 2019, 2020, 2021 y 2022 se harán en único pago poniendo fin así a una injusticia fiscal que se arrastraba desde hace años y por la que miles de mutualistas se habían manifestado en muchas ocasiones. Se estima que la devolución media sea de 4.000 euros por persona afectada por esta situación.
Publicidad
De esta forma los afiliados que cotizaban en mutualidades antes de integrarse en la Seguridad Social podrán reclamar en su declaración de la Renta las compensaciones pendientes por los impuestos que pagaron de más entre los años 1967 y 1978 por sus aportaciones para la jubilación. Se trata de unas devoluciones derivadas de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo sobre el IRPF de los mutualistas. La medida hace referencia a los periodos impositivos de 2019 y anteriores no prescritos, así como de 2020 a 2022.
La publicación en BOE activa de inmediato el proceso de devolución tras haber sido desbloqueado en el Congreso. Esta reforma legal permite a la Agencia Tributaria devolver a los mutualistas jubilados el IRPF abonado de más en un único pago.
Estos días, la Agencia Tributaria ha remitido unas cartas a modo de recordatorio con los trámites a realizar para poder cobrar dicha cuantía, a fin de que ningún mutualista se quede sin recibir su devolución. Aunque algunos ya habían presentado la solicitud el año pasado, jurídicamente quedó sin efecto, por lo que deben volver a presentarla, como se explica en las misivas.
En ellas, la Agencia Tributaria explica que las solicitudes de devolución de IRPF de 2019 a 2022, y años anteriores no prescritos por aportaciones a mutualidades, «quedaron sin efectos» tras «la aprobación de un nuevo sistema de tramitación». «Para pedir la devolución de los referidos años, deberá presentar un nuevo formulario de solicitud», agrega la carta.
Publicidad
Para hacerlo, durante la Campaña de la Renta 2024, ya terminada, Hacienda hacía activó un aviso informativo que redirigía al formulario de solicitud. Asimismo, cuenta con apartado de Mutualistas en el que también se puede completar dicho trámite.
Para ello, es necesario disponer de número de referencia, cl@ve o certificado electrónico, incluido DNI-e. Para cobrar, es necesario informar de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario y un número de teléfono. También se puede presentar el formulario, en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión