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La Seguridad Social endurece los requisitos para acceder a la pensión

El cambio, que ha entrado en vigor este mes de agosto, se refleja en el artículo 144 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

SUR

Viernes, 15 de agosto 2025, 21:33

Una vez que una persona finaliza su vida laboral, tiene derecho a acceder a una pensión de jubilación, siempre que cumpla con los requisitos establecidos ... por la Seguridad Social. La cuantía de esta pensión se calcula en función de las aportaciones realizadas durante la vida laboral. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se tienen en cuenta las cotizaciones efectuadas tanto por el trabajador como por el empleador. Estas aportaciones se utilizan para determinar la base reguladora, sobre la cual se calcula el importe final de la pensión.

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Pero, el pasado 1 de agosto de este año, entró en vigor una modificación que puede afectar a los trabajadores que estén en proceso de solicitar la pensión. Este cambio se recoge en el artículo 144 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que solo se considerarán válidas las cotizaciones ingresadas correctamente y dentro del plazo legal.

Por ello, tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos deben acreditar que todas sus cuotas se han abonado de forma puntual y conforme a la normativa. De no ser así, los periodos en los que la Seguridad Social detecte irregularidades quedarán excluidos del cómputo de la pensión. Esto puede suponer una reducción importante en la cuantía final de la prestación, incluso puede dificultar el acceso a la misma.

En este sentido, la propia Tesorería recomienda pedir la vida laboral, verificar las bases y subsanar fallos cuanto antes para evitar sorpresas posteriores.

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