Una madre denuncia ante Derechos Humanos que no se le reconozca el mismo permiso que a familias con dos progenitores
El Tribuna Constitucional le reconoció 26 semanas, pero la mujer considera que le corresponden 32
Europa Press
Jueves, 17 de julio 2025
Una madre socia de la Asociación Madres Solteras por Elección (MSPE) ha presentado, con el apoyo de la asociación, una demanda contra el Estado español ... ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por «no contemplarse en la normativa española reguladora del permiso por nacimiento y cuidado del menor el supuesto de monoparentalidad». Según esta asociación, es la primera demanda de estas características que se presenta ante este alto tribunal.
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La demandante es una madre vasca de un niño nacido en 2021 que desde entonces está peleando en los Tribunales por la ampliación de su permiso de maternidad y que en febrero de 2025 obtuvo una estimación parcial del Tribunal Constitucional. La redactora de la demanda ha sido una socia gallega de MSPE reciente madre monoparental. Además, han contado con el apoyo logístico prestado por la Asociación de Familias Monomarentais de Galicia, en coordinación con MSPE.
Según señala la Asociación Madres Solteras por Elección, el Tribunal Constitucional español había reconocido ya con carácter general, en su Sentencia 140/2024, de 06/11/2024 que la ausencia de legislación específica constituye «ex silentio una discriminación por razón de nacimiento de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales» y había establecido «la interpretación que debe darse al art. 48.4 del Estatuto de los Trabajadores en tanto el legislador no se pronuncie al respecto», en el sentido de «adicionar al permiso de la madre biológica 10 semanas del permiso del otro progenitor (excluyendo 6 semanas)», en concreto, 26 semanas.
La demanda ahora interpuesta, el pasado 4 de julio, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos «cuestiona al Tribunal Constitucional», según la asociación, «al ser la interpretación restrictiva de la ampliación del permiso limitada a 10 semanas, en vez de las 16 reconocidas al progenitor diferente de la madre biológica en las familias biparentales», por lo que el permiso se extendería a las 32 semanas.
En concreto, destaca que la demanda pone de relieve las propias conclusiones del TC en su Sentencia 140/2024 «en la que reconoce no sólo que las necesidades de cuidados del menor y de la madre y de conciliación de la vida laboral y familiar son al menos las mismas sino la imposibilidad de exigir corresponsabilidad y, por ello, la situación de especial vulnerabilidad de los menores nacidos en familias monoparentales».
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Además, la demanda se hace eco de los pronunciamientos judiciales anteriores a la sentencia del TC que reconocieron el derecho al disfrute del permiso íntegro del otro progenitor, citando asimismo la STSJ Cataluña, de 10/02/2025, posterior a la sentencia del Constitucional, que concede las 16 semanas a un varón al que se le reconoce la paternidad después de cumplir la menor 12 meses. También alude a regulaciones específicas en determinados ámbitos que sí reconocen el derecho a la adición del permiso completo, como leyes autonómicas de Función Pública, la legislación específica de la Guardia Civil o el criterio aplicable a jueces y juezas que sean progenitor legal único fijado por el CGPJ; además de supuestos concretos que ya se venían reconociendo como el derecho del otro progenitor a disfrutar del permiso íntegro de la madre biológica, en caso de fallecimiento de esta.
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