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El procesado, durante una de las sesiones del juicio. SUR
Condenado a 22 años de prisión por la muerte a tiros de un irlandés en Mijas

Condenado a 22 años de prisión por la muerte a tiros de un irlandés en Mijas

Ha sido declarado culpable de un delito de tenencia ilícita de armas y otro, en calidad de cooperador necesario, de asesinato

Viernes, 22 de junio 2018, 07:53

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James Q., el hombre irlandés que se sentó en el banquillo de los acusados para responder por la muerte a tiros de su compatriota Gary Hutch en Mijas, no tendrá que cumplir la pena de prisión permanente revisable a la que el fiscal solicitaba que fuese condenado. Después de que los miembros de un jurado popular le declararan culpable de un delito de asesinato como cooperador necesario, ahora la Audiencia Provincial le ha impuesto una pena de 22 años de cárcel, ya que no se ha declarado probado que perteneciera a una organización criminal, un argumento elemental para decretar la pena que pedía la Fiscalía inicialmente.

En la resolución judicial se explica que, en la mañana del 24 de septiembre de 2015, el acusado fue a la vivienda en la que residía la víctima, situada en el complejo Miraflores de Mijas Costa. Según la sentencia, lo hizo a bordo de un BMW junto a otra persona, cuya identidad no ha quedado acreditada, después de recibir de un tercero el encargo de acabar con la vida de Hutch.

El procesado tendrá que indemnizar a los familiares de la víctima con 90.000 euros

Una vez allí, James Q. esperó en el interior del vehículo en funciones de vigilancia y con el objetivo de asegurar la posterior huida. Mientras tanto, su acompañante accedió al interior del recinto residencial donde, llevando puesto un pasamontañas para evitar ser reconocido y portando dos armas de fuego, se dispuso a esperar a la víctima en la zona del aparcamiento comunitario.

Cuando instantes después Hutch se aproximó a su vehículo, el agresor lo abordó de forma sorpresiva, comenzando a disparar sobre el mismo. Pese a que inicialmente la víctima pudo huir a la carrera hacia el interior de la zona comunitaria, el acompañante de James Q. le persiguió, llegando a efectuar más de 15 disparos.

Finalmente, el agresor le dio alcance y, evitando cualquier posibilidad de defensa por parte de Hutch, quién se encontraba en el suelo casi inmóvil como consecuencia de los impactos recibidos; le efectuó dos disparos a corta distancia que impactaron en su cabeza, causándole la muerte de inmediato.

Eliminar el rastro

A continuación, el agresor se dio a la fuga, siendo recogido en el ya mencionado vehículo que le esperaba en el exterior del complejo. Y poco después intentaron incendiar el BMW para eliminar cualquier rastro, algo que no llegaron a conseguir plenamente por la inmediata intervención de terceras personas que procedieron a apagar las llamas.

Por otro lado, en la sentencia se explica que, con ocasión de la entrada y registro practicada el 14 de septiembre de 2016 en la vivienda en la que se alojaba el acusado situada en Benahavís, se intervino un arma de fuego en disposición de uso inmediato y respecto de la cual James Q. carecía de cualquier tipo de licencia.

Finalmente, se precisa que no ha quedado probado que el acusado perteneciera a un grupo u organización criminal ni que llevase a cabo esta acción de acabar con la vida de la víctima movido por el estímulo de una recompensa o contraprestación económica, tal y como mantenía el fiscal. Se trata del principal argumento en el que se apoyaba el Ministerio Público para solicitar la prisión permanente revisable para el procesado.

Por todo ello, se condena a James Q. como autor, por cooperación necesaria, de un delito de asesinato concurriendo la agravante de disfraz y otro, esta vez como responsable directo, de tenencia ilícita de armas. Además de la citada pena de prisión, se le impone el deber de indemnizar a los familiares de Gary Hutch con 90.000 euros, siempre según se afirma en la resolución judicial.

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