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Un informe de la Cámara de Cuentas desnuda irregularidades en la gestión de Canal Sur en 2018

El dictamen, que salió adelante con el voto discrepante del presidente, detecta incumplimientos normativos en 275 expedientes de contratación

Viernes, 22 de enero 2021, 14:02

Un informe de la Cámara de Cuentas elaborado por encargo del Parlamento de Andalucía ha detectado incumplimientos normativos en las contrataciones de servicios ... realizadas por Canal Sur durante el ejercicio 2018, el último bajo administración socialista. El informe ha sido emitido con el voto particular discrepante del presidente del organismo, Antonio López, y otros dos consejeros.

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La opinión desfavorable contenida en el informe en relación a los procedimientos de contratación realizados por la RTVA y CSRTV se basa en la identificación de 275 expedientes de contratación (71 contratos de producción, 12 contratos no menores y 192 contratos menores), que suponen el 91,05% de los contratos analizados y en los que se han detectado «hechos que pueden afectar al cumplimiento y aplicación de los principios de publicidad, concurrencia y transparencia», según señala el informe, al que ha tenido acceso este periódico.

La muestra analizada está conformada por 71 contratos por un importe de 22.153.964,71 euros, correspondientes a nueve proveedores en los que se ha verificado el cumplimiento del procedimiento de contratación establecido para esta tipología de contratos. En todos los expedientes analizados no hay constancia de la acreditación de la solvencia técnica y económica en el sector audiovisual, requisito necesario para poder presentar proyectos de programa por parte de cualquier empresario. Tampoco aparece evidencia en los expedientes analizados de la comprobación del cumplimiento de la norma que regula «los principios inspiradores y la función del servicio público de radio y televisión, y que constituye un requisito previo para la aceptación de los proyectos de programa», subraya el Tribunal de Cuentas.

Respecto a las incidencias más significativas en la tramitación, que se inicia con la presentación de la solicitud y documentación para su posterior inscripción en el Registro de programas audiovisuales (RPA) y notificación al empresario, el informe señala que el proceso de inscripción y su posterior valoración sólo se realiza la primera vez que se presenta el proyecto de programa, pero no para las posteriores ediciones que se adquieran con independencia de las modificaciones, cambios y novedades que en esos nuevos proyectos programas se puedan incluir.

También señala que en 47 expedientes de contratos de producción no se incluyen las actas del Comité de Análisis y Valoración donde se califican positivamente. Asimismo, en 21 expedientes, aunque se ha dispuesto de las actas, en las mismas no se justifican de manera adecuada el análisis realizado ni los criterios utilizados para calificar de forma favorable el proyecto.

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También se ha identificado un desfase temporal entre la celebración de los comités y la firma de las actas del Comité de Antena, de tal forma que en 56 expedientes de contratación la firma del acta es posterior a la firma del contrato y en 41 expedientes la fecha prevista de emisión de los programas incluida en los contratos es anterior a la fecha de la firma del acta del Comité de Antena. Además, la fecha prevista de emisión de los programas es anterior a la fecha de la firma de los contratos en cuatro de los expedientes analizados.

El informe, de 415 páginas, incide también en que se han identificado incidencias como la ilegibilidad de los anexos, los fechados incorrectos de los presupuestos incluidos en los anexos, de los propios contratos y el incumplimiento del expositivo relativo a la dependencia y relaciones con la productora.

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Asimismo, en dos contratos analizados cuyo objeto es la adquisición de grabaciones audiovisuales que se insertan dentro de un programa de producción propia, no se ha dispuesto de evidencias de la inscripción en el registro de programas, de la aprobación por el comité de valoración y del comité de antena.

El informe también incide en otros incumplimientos referidos a contratos no menores relativos a los sistemas de racionalización de la contratación y la falta de acreditación de la no división en lotes.

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En los contratos menores, se detectaron en fraccionamientos 117 de los 192 analizados «ya que se han separado prestaciones que constituyen un solo objeto del contrato, que responden a necesidades que tienen carácter recurrente en la entidad, que deberían haberse planificado y realizado a través de procedimientos ordinarios, y que superan los valores estimados para la contratación menor».

Asimismo, se han identificado incidencias en el contenido del 97,92% (188/192) de los expedientes analizados. «No aparece motivada la necesidad de la contratación, la justificación de la adjudicación directa, y de manera concreta, la oferta y la empresa seleccionada por parte de los órganos de contratación».

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Por otra parte, en el área de recursos humanos la Cámara de Cuentas estima que salvo algunas excepciones la gestión desarrollada durante el ejercicio analizado resulta conforme, en los aspectos significativos, con la normativa aplicable.

No obstante, subraya que la radio y televisión pública andaluza no adaptó la estructura retributiva del personal directivo a las reducciones que han sufrido las retribuciones del personal sujeto a convenio colectivo. Se identificaron 29 contratos de alta dirección que se formalizan y suscriben en una fecha, pero su eficacia se retrotrae a una fecha anterior como consecuencia del desfase temporal entre la fecha del contrato y la tramitación posterior del informe preceptivo en la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

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En tres contratos de alta dirección analizados, los informes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública advierten que los nombramientos se han realizado con carácter previo a la solicitud del informe preceptivo.

La Cámara de Cuentas también llama la atención sobre el hecho de que la RTVA no ha diseñado ningún sistema de gestión por objetivos y que su organización responde a una estructura poco cohesionada y participativa que podría dificultar el aprovechamiento, tanto del conocimiento colectivo, como de las sinergias o acciones conjuntas tendentes a la consecución de los objetivos generales.

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También señala que se ha podido comprobar que en la programación y contenidos emitidos por la RTVA se priorizan los valores inherentes al servicio público, «pero no se dispone de elementos de evidencia que permitan, en todos los casos, concluir sobre su efectivo cumplimiento». Tampoco ha sido posible disponer de indicadores que evalúen el nivel de calidad técnica exigida a los formatos y contenidos emitidos y la rentabilidad social alcanzada.

Asimismo, en relación con el pluralismo político en las televisiones públicas andaluzas en 2018/2019 detecta un retroceso en el cumplimiento de esta obligación de servicio público respecto a las conclusiones emitidas en el ejercicio 2017. Por otro lado, «el dato de audiencia no posiciona a la entidad como referente en relación con los programas informativos, ya que se sitúan en quinta posición entre las seis cadenas de mayor audiencia que se ven en Andalucía».

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No queda constancia de la motivación, valores y criterios de clasificación que soportan los coeficientes de servicio público asignados a los contenidos audiovisuales que componen las parrillas de TV y radio. «Como consecuencia de este hecho, la valoración resulta discrecional y subjetiva; sin motivación expresa de las razones que justifiquen la consideración de servicio público», concluye el informe.

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