Dos años de cárcel por apuñalar por todo el cuerpo a su pareja con un destornillador: alega que tomó fentanilo
La Fiscalía de Málaga solicitaba seis años de prisión, pero el acusado se benefició de una sentencia de conformidad y de la atenuante de drogadicción
Le propinó una brutal paliza, la apuñaló con un destornillador y la amenazó con rociarle el pelo con gasolina para prenderle fuego. Luego se atrincheró en el domicilio familiar y amenazó a los policías con quemar la casa si ponían un pie dentro.
El caso, que provocó un importante revuelo en Vélez-Málaga, puesto que hubo que desalojar al vecindario, ya ha sido juzgado. El autor de la agresión ha sido condenado a dos años y nueve meses de cárcel por estos hechos. Se benefició de una sentencia de conformidad y de un atenuante de drogadicción: su defensa, ejercida por la abogada Diana Hinojosa, alegó que había consumido fentanilo.
La secuencia de los hechos, tal y como publicó SUR, comenzó el 2 de febrero en el barrio veleño de La Legión. La víctima se encontraba junto a su pareja en el domicilio familiar y empezaron a discutir porque él le rompió el teléfono móvil. A partir de ahí, todo fue a peor.
Ya de madrugada, el hombre le pidió que le sacara dinero del cajero automático. Ella accedió, pero varios contratiempos hicieron que finalmente la víctima no pudiera llevar a cabo la operación, lo que provocó la furia de su pareja.
Según declara probado la sentencia, a la que ha tenido acceso SUR, el condenado golpeó a la víctima con los puños en la cara y el cuello. Tras ello, cogió un destornillador y le causó heridas incisas en el tórax, en los brazos y en las piernas.
El fallo recoge literalmente el parte de lesiones de la mujer: «Hematoma periorbitario izquierdo con edematización en la nariz; dolor en palpación de los malares (pómulos); labios edematizados, herida incisa que requiere sutura en el hombro izquierdo; en los miembros superiores presenta varios hematomas y en miembros inferiores presenta heridas incisas que requieren sutura; y fractura de huesos propios en calota (parte superior del cráneo)».
La resolución judicial también indica que posteriormente, «con ánimo de atemorizarla», le dijo que le iba a rociar el pelo con gasolina y que la iba a matar, «con el consiguiente temor de la víctima».
La mujer aprovechó que el hombre se quedó dormido en el sofá para salir corriendo descalza hasta el centro de salud, donde le hicieron una primera cura y activaron el protocolo para casos de violencia de género. Fue trasladada al hospital, donde tuvo que ser intervenida quirúrgicamente.
Cuando la policía acudió al domicilio para detenerlo, el hombre los recibió con la siguiente frase: «Tengo gasolina dentro, como entre alguien meto fuego». Portaba varios cuchillos de grandes dimensiones y amenazaba con quitarse la vida si entraban.
Ante el riesgo de que el sospechoso pudiera llevar a cabo sus amenazas, los policías decidieron desalojar a los residentes de las viviendas colindantes hasta resolver la situación y solicitaron a la autoridad judicial una orden de entrada en la casa del individuo atrincherado.
Con el beneplácito del juzgado, agentes uniformados, provistos de cascos y escudos de protección, accedieron al domicilio, procedieron a la detención del sospechoso e intervinieron dos garrafas de gasolina así como las armas blancas que habría exhibido.
La Fiscalía solicitó una pena de seis años de cárcel por delitos de lesiones (4) y de amenazas (2). El titular del Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga reconoció la existencia de ambos delitos, pero fijó la pena en dos años (por las lesiones) y nueve meses (por las amenazas).
El magistrado apreció la circunstancia agravante de reincidencia -el procesado tiene numerosos antecedentes policiales, entre ellos por violencia de género- y la atenuante de drogadicción, ya que «en el momento de la comisión de los hechos actuaba bajo los efectos de una grave adicción a sustancias estupefacientes», según la sentencia.
No obstante, la resolución judicial, que es firme al haberse dictado de conformidad entre las partes, lo que supuso una rebaja aún mayor de las penas, incluye dos órdenes de alejamiento por cada uno de los delitos durante un total de seis años, en los que el condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la víctima ni contactar con ella por cualquier medio.
Además, dadas las circunstancias que rodean al caso y los antecedentes previos, el magistrado se opuso a conceder al procesado el beneficio de la suspensión de la pena, por lo que ha tenido que ingresar en prisión.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.