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Más garantías para los consumidores: los nuevos plazos que debes conocer

Más garantías para los consumidores: los nuevos plazos que debes conocer

Los fabricantes deberán asegurar las piezas de repuesto de sus productos durante 10 años, y no durante 5 como hasta ahora

Domingo, 2 de mayo 2021, 14:00

Aumenta la protección de los consumidores. El último Consejo de Ministros ha aprobado una modificación de la Ley General de Defensa de Usuarios que pone sobre la mesa nuevas reglas de juego. En unos meses cambiarán los periodos para exigir cambios o reparaciones. Unas ventajas para los compradores que conviene conocer para así poder reivindar los derechos adquiridos.

La primera buena noticia es que se amplían los plazos de garantías legales de bienes de dos a tres años y se incrementa, de cinco a diez, el tiempo mínimo en el que los fabricantes están obligados a disponer de piezas de repuesto, una vez que el producto deja de fabricarse, garantizando así el derecho a reparar de los consumidores.

Además, el Gobierno ha explicado que, cuando un bien no tenga la durabilidad que la empresa y el consumidor hayan pactado a través del contrato de compra, el cliente podrá elegir entre la reparación o la sustitución del mismo.

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) celebran estas nuevas medidas y recuerdan que los usuarios tienen derecho a reparar los productos, «aunque no siempre se lo ponen fácil». «Nosotros apostamos por la sostenibilidad y durabilidad y fruto de ello es nuestra iniciativa contra la obsolescencia prematura de los productos», reivindican.

Hasta ahora todos los bienes de consumo duradero tenían, por ley, una garantía de dos años. Además, los fabricantes estaban obligados a garantizar la existencia de las piezas para poder repararlos, durante al menos los 5 años siguientes a la fecha en la que el bien dejara de fabricarse. La norma recién aprobada amplía estos plazos. Asi, como ya se ha apuntado al inicio de esta noticia, la garantía legal de los productos pasa a ser de 3 años (12 meses más) mientras que la obligación de mantener la existencia de piezas de reparación se extiende ahora a 10 años.

Falta de conformidad

«Otra novedad muy interesante para los consumidores es la relativa a la carga de la prueba: hasta ahora, solo si el problema se produce en los 6 meses tras la compra el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto. Esto cambia con la modificación de la norma, y ese plazo aumenta, en términos generales, hasta los 2 años tras la compra, algo mucho más favorable para los consumidores», subrayan desde la OCU.

Con estas medidas, entre otras, se incorpora al Derecho Español la Directiva Europea (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, que debía trasponerse a nuestro ordenamiento antes del 1 de julio de 2021. Todas ello en línea con la apuesta europea por la sostenibilidad y racionalización del consumo incluida en la Agenda Europea del Consumidor.

Ahora bien, ¿cuándo serán de aplicación todos estos cambios? La nueva normativa se aplicará a partir del 1 de enero de 2022. Las modificaciones ya han sido publicados en el BOE.

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