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Las multas de la DGT si no llevas algunos de estos tres documentos en el coche

Las multas de la DGT si no llevas algunos de estos tres documentos en el coche

Los conductores deben portarlos de manera obligatoria en el vehículo, ya sea en versión papel o digital

SUR

Domingo, 7 de agosto 2022, 23:59

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Con la llegada del mes de agosto y, consecuentemente, de las vacaciones para muchas personas, aumentan los viajes por carretera y también los controles por parte de la Dirección General de Tráfico. (DGT). ¡Y ojo! Si por algún motivo te dejas en casa olvidada la documentación obligatoria puedes enfrentarte a multas elevadas. Una alternativa cómoda para evitar sustos pasa por llevarla en tu dispositivo móvil. Eso sí, necesitas de una conexión a Internet para poder acceder a ella. La DGT recuerda que que dentro de la aplicación miDGT se puede acceder tanto el permiso de conducir como al de circulación, con la misma validez legal que los documentos físicos dentro del territorio español.

Tenlo en cuenta dado que en caso de no disponer de algunos de estos documentos puedes ser multado. Estos son los documentos que hay que portar en el vehículo:

-El permiso de conducir es un documentos que siempre ha de llevar todo conductor. Debe estar siempre en vigor y con al menos un punto en su haber. Este el título que acredita que una persona está capacitada para conducir un tipo de vehículo.

- El permiso de circulación siempre ha de viajar en el coche ya que garantiza que cumple las características y homologaciones legales. Este documento incluye la información técnica, el modelo, número de bastidor, cilindrada y potencia, etc. En su defecto, el vehículo ha de contar con una autorización provisional de la Jefatura de Tráfico.

- Si el vehículo ha cumplido cuatro años debe viajar en su interior con la tarjeta de la ITV. La Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos indica el consumo, emisiones, si se ha pasado la revisión obligatoria y si presentar defectos mecánicos peligrosos.

La normativa de la DGT obliga al propietario de un vehículo a tener contratado un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros. Desde 2008 no es necesario llevar en el coche la póliza y el recibo del último pago en vigor, ya que los agentes pueden comprobar en el momento si el vehículo está asegurado. No obstante, no está de más llevarlo aunque sea en el teléfono móvil.

Asimismo, circular con un vehículo que no disponga de este seguro acarrea una multa que va de 601 a 3.005 euros, según el criterio del agente.

Las multas a las que puedes enfrentarte en caso de ir sin alguno de estos documentos son:

Permiso de conducir:

- No llevarlo encima: 10 euros.

- Datos no actualizados: 80 euros.

- Permiso caducado: 200 euros.

- Conducir con una autorización que no habilita: 500 euros + 4 puntos.

- Permiso sin puntos: la multa llega a los 500 euros y además se trata de una infracción tipificada como muy grave.

Permiso de circulación:

- No llevarlo encima: 10 euros.

- Si no posee autorización administrativa para poder circular: 500 euros.

Tarjeta ITV:

- No llevarla encima: 10 euros.

- Conducir con la ITV caducada: 200 euros.

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